PROPUESTA DE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE UNA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA UN PAÍS CON SOBERANÍA, DEMOCRACIA Y PAZ

Posted by Mesa Amplia Nacional Estudiantil - MANE Colombia On domingo, 22 de julio de 2012 2 comentarios

NOTA INTRODUCTORIA AL DOCUMENTO DE TRABAJO PARA LA ELABORACIÓN DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

El documento que presentamos a continuación surge de los insumos producidos durante el Primer Encuentro Social y Popular convocado por la Mesa Amplia Nacional Estudiantil el mes de Junio. Las conclusiones de este Encuentro, contenidas en las relatorías de las diez mesas y plenarias, así como los aportes realizados por docentes y trabajadores en el marco del proceso de construcción programática se constituyen en una apuesta sustantiva hacia un nuevo modelo de Educación Superior para Colombia y están representados en los avances iniciales que presentamos a continuación, susceptibles como en todo proceso de construcción de ser criticados, cuestionados y profundizados.
El documento que presentamos es, por tanto, un documento inacabado cuyo objetivo no es otro que el de incentivar con mayor fuerza el debate sobre la Educación Superior como Bien Común y Derecho Fundamental.  El documento para la elaboración de la Exposición de Motivos que se ha podido condensar en estas páginas, tiene el objetivo central de convertirse en el documento de trabajo para profundizar el debate sobre la Educación Superior colombiana, continuando con la construcción programática tanto en cada universidad e institución, como con los demás estamentos educativos y la sociedad colombiana en general, estableciendo así una vinculación estrecha entre todos los actores de este proceso, entendiendo que aún falta la elaboración de las versiones Borrador y Final de la Exposición de Motivos, para culminar la presente fase de elaboración de propuesta.
Este proceso se ha caracterizado por ser participativo y democrático, sumado a un esquema de organización y sistematización que ha permitido cualificar los debates y apuntalar grandes consensos así como profundizar el desarrollo de los disensos. Frente a ello, la Comisión Académica de la MANE y su Equipo Dinamizador han jugado un importante papel. La metodología adoptada por el movimiento estudiantil para incentivar la discusión entre los diferentes estamentos educativos, vinculando a los procesos sociales, democráticos y populares a la discusión de modelo de educación, es una demostración de la importancia de construir dinámicas de participación con visión estratégica de los problemas más sentidos del país desde las comunidades afectadas y entablando un diálogo con todos los actores. Éste proceso ha sido un proceso de discusión académica, debate político, interrelación de saberes, culturas y visiones.
Nuestro objetivo es continuar el debate, recoger más visiones y perspectivas y seguir trazando la ruta que permita presentarle a Colombia una propuesta de nueva educación para un país con soberanía, democracia y paz.









A LA SOCIEDAD COLOMBIANA

PROPUESTA DE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE UNA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA UN PAÍS CON SOBERANÍA, DEMOCRACIA Y PAZ





Colombia, Junio 2012


CONTENIDO





















PRESENTACIÓN

El movimiento estudiantil agrupado en la Mesa Amplia Nacional Estudiantil MANE, los estamentos educativos y los sectores del pueblo colombiano que se han sumado a este proceso democrático de construcción de propuesta presentamos a la sociedad la siguiente Exposición de Motivos donde se establecen los criterios políticos, jurídicos y filosóficos que deberán regir una nueva educación para un país con soberanía, democracia y paz.
Considerando que Colombia requiere políticas públicas que aporten soluciones estructurales a los graves problemas que históricamente ha afrontado la educación en el país, el presente documento se sustenta en la necesidad de adelantar un nuevo proyecto de Ley que permita materializar una reforma democrática de la Educación Superior colombiana para garantizar que ésta se constituya como un Derecho Fundamental y Bien Común, para que, asimismo, responda a los intereses y necesidades nacionales y populares.
La presente es una apuesta política que recoge un conjunto de reivindicaciones históricas de los procesos sociales, democráticos y populares en materia educativa representando así un avance para la construcción de un modelo integral de educación que contenga nuevos medios, principios y propósitos para la Educación Superior. No pretende, por consiguiente, adelantar ajustes parciales a la Ley 30 de 1992 en tanto ésta y sus reglamentaciones profundizaron la crisis de la Educación Superior. Tampoco se trata de un ajuste al Proyecto de reforma de dicha ley presentado por el Gobierno durante el año anterior en tanto su enfoque neoliberal, mercantilista y privatizador orientaba también a la Educación Superior en función de un proyecto de país que en materia económica, política y social, excluye y margina a grandes sectores de la población.
Para avanzar en la consecución de los propósitos políticos planteados, invitamos a los diferentes procesos sociales, políticos y comunitarios, madres y padres de familia, estudiantes, docentes y trabajadores, grupos étnicos, mujeres, sectores LGBTI, intelectuales, docentes de secundaria y todos aquellos que quieran sumarse a nuestra labor, a continuar con este proceso de construcción democrática de una nueva ley de Educación Superior.













1.      OBJETO DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El presente documento tiene como propósito fundamental establecer los criterios de orden político, jurídico, académico y filosófico que permitan materializar la educación como un Derecho Fundamental y Bien Común de la sociedad colombiana, avanzando hacia la construcción de un Sistema de Educación Superior cuyo eje principal sea la Educación Superior Pública Estatal.

2.      CONTEXTO GENERAL DE LA PROPUESTA

Desde hace cuarenta años aproximadamente, el mundo entero ha vivido una serie de profundas transformaciones en el plano político, económico y social. La década de 1970 constituyó una fase de ruptura con las lógicas de producción en serie, contratación directa de las/os trabajadores y la garantía de sus derechos laborales. En 1973, particularmente, la crisis de producción y del petróleo puso en jaque al sistema económico mundial que debió adoptar el neoliberalismo y sus distintas tácticas como mecanismos para la recuperación de la tasa de ganancia y para la superación de la crisis. Dichos mecanismos abarcan la privatización de lo público, la financiarización[1] y mercantilización de derechos como la vivienda, la salud, la educación y los servicios públicos, la flexibilización y precarización laborales, la doble explotación del trabajo, el reforzamiento de la División Internacional del Trabajo y la profundización de la dependencia y subordinación de los países de la periferia.
En ese contexto, el tamaño y las responsabilidades del Estado han disminuido y cambiado, dejando de ser la entidad que garantiza y viabiliza el ejercicio de los derechos para convertirse en el ente que posibilita la desregulación del mercado internacional y la explotación de los recursos naturales y de la fuerza de trabajo en los distintos países. El neoliberalismo y la globalización han obligado además al abandono progresivo de las raíces culturales y étnicas, desconociéndose así los acumulados históricos de las múltiples comunidades que habitan las naciones para introducirlas en la lógica homogenizante del mundo occidental.
En la actualidad, existe una competencia continua y muy marcada entre los monopolios internacionales para dominar los nuevos mercados y nichos de producción; esto ha configurado un panorama mundial de despojo, invasiones y conflictos militares que evidencia lo agudo de una crisis que, lejana a resolverse por vía de la cooperación y el diálogo, ha llevado al sistema a profundizar la dominación desde las potencias económicas para garantizar nuevos nichos de mercado y acumulación a través de la mercantilización y financiarización de los derechos de las sociedades y los pueblos,  constituyendo para ello a los países del tercer mundo como espacios privilegiados de recomposición de la tasa de ganancia. De esta manera, se han profundizado los niveles de represión contra los pueblos que en los distintos países y territorios se levantan por sus derechos fundamentales en justas y legítimas protestas, de las cuales el movimiento estudiantil se ha hecho partícipe, logrando que los casos de España, Chile, Puerto Rico, Colombia y ahora México sean reconocidos internacionalmente.
En este marco, y para mantener el rol que el capitalismo en su fase neoliberal le ha puesto al país, los sectores dominantes han buscado profundizar el modelo minero extractivo y de producción agrícola adoptando una vía que traza la re-primarizacion de la economía como el camino a seguir, al tiempo que se aumentan los procesos de privatización de lo público presentes en los últimos Planes Nacionales de Desarrollo. Entre éstos, cabe señalar los casos emblemáticos e históricos de la salud, la Educación Superior y el sistema judicial que habiendo atravesado por un proceso paulatino de privatización cuyo punto de inflexión fue la apertura económica de 1990, se expresaron concretamente en la ley 100 de 1993, la ley 30 de 1992 y la reforma a la justicia recientemente presentada, respectivamente. Adicionalmente, mientras se restringen los derechos de la población y se disminuye el presupuesto nacional para el gasto social, se aumentan desmedidamente los rubros para el pago de la deuda pública, la guerra y el desarrollo militar a la par que se otorgan beneficios y exenciones tributarias a las transnacionales y monopolios.
Más recientemente, la entrada en vigencia del TLC con los EEUU y la  negociación de otros tratados constituyen evidencias tanto de la intención de recolonización del país como de las profundas diferencias existentes entre el proyecto que los sectores dominantes tienen para Colombia y las aspiraciones de soberanía, democracia y paz del movimiento social, popular y democrático que, por medio de sus expresiones organizadas, ha luchado en las calles por la defensa de los derechos que pretenden ser mercantilizados y contra la pretensión de la Unidad Nacional de uniformar la vida política del país a través de la cooptación y la represión.
Adicionalmente, el Plan Nacional de Desarrollo propuesto por el actual gobierno bajo el eje de las 5 locomotoras (infraestructura, vivienda, agro, minería e innovación) tiene, entre otras, cuatro implicaciones muy serias que es importante señalar. En primera instancia, se consiente la expropiación de los recursos naturales por parte de empresas transnacionales bajo el eje de la explotación minero-energética. En segundo lugar, dado que la concepción de país que se encuentra en la idea territorial expresada en el PND se asemeja a la idea de dar el país en concesión, se legitima la gran propiedad sobre la tierra al institucionalizar el gran latifundio que ha generado el despojo a los habitantes del campo y la inequidad social por todo el país. En tercera instancia, al instaurar la Sostenibilidad Fiscal como principio de lo público, se convierte el gasto del dinero por parte del gobierno en sus prioridades políticas por encima del gasto social, en el derecho más importante para las y los colombianos. De esta manera, los derechos sociales son puestos en función de garantizar las 5 locomotoras mientras el gasto social y la educación, que hace varios años vienen siendo privatizados y negociados, se vuelven un instrumento de gobierno para vender el país. En último lugar y dada la continuidad de la política de Seguridad Democrática se reafirma la salida militar a la guerra dejando de lado la solución política al conflicto interno.
En consecuencia, Las políticas gubernamentales actuales atentan contra el principio de autonomía de la educación si se considera que, para el gobierno Santos, ésta debe ser funcional a las cinco locomotoras, y que por otra parte, la incursión desaforada del gran capital financiero, la venta de recursos naturales y la política de despojo y miseria han engendrado un país cuyo dueño es la gran empresa privada extranjera mientras se legitima dicho estado de cosas a través de la fuerza y la cooptación.
A las problemáticas producto de la presente coyuntura se unen las dificultades históricas del país, entre las que cabe destacar: la concentración generalizada de la tierra y la renta de la misma en pocas manos, la pauperización de las comunidades ancestrales y campesinas, la existencia de fuertes estructuras patriarcales y confesionales que excluyen productiva y políticamente a los sectores LGBTI y a las mujeres (según la OIT, las mujeres son quienes tienen menores garantías educativas y laborales), el racismo estructural, la intención gubernamental de mantener el conflicto existente, el fortalecimiento de las políticas de confianza inversionista, la política de represión y violación sistemática de los DDHH por parte del Estado colombiano, las estrategias estatales de represión y criminalización de la protesta social, la securitización[2] de la vida cotidiana y el cercenamiento de libertades democráticas, y la permanencia de nuestro país dentro de los más desiguales del mundo, pues las condiciones sociales que Colombia presenta están caracterizadas por la alta concentración de la riqueza, siendo el tercer país más desigual del mundo según el coeficiente de GINI (que se ubica en 0,58).
La situación actual de la educación nacional y la crisis por la que atraviesa están relacionadas, por otra parte, con factores de orden nacional e internacional inscritos en la mediana y larga duración histórica, es decir que ésta es un producto de las lógicas financieras y mercantiles propias del periodo neoliberal así como del capitalismo dependiente y oligárquico que se ha configurado históricamente en el país. Los sectores dominantes han otorgado poca o nula importancia al fomento de la educación, siendo incapaces de articular y dar coherencia a la relación entre sus distintos niveles (grado 0, primaria, secundaria y superior); de este modo, se ha construido una educación elitista, excluyente y orientada por los organismos de crédito multilaterales y monopolios internacionales, desvinculada de las necesidades e intereses nacionales y populares.
La educación ha estado marcada asimismo por una tendencia histórica de autoritarismo y antidemocracia que se ha agudizado en el marco del neoliberalismo y del fortalecimiento del modelo homogeneizador que requiere hacer de ésta un instrumento funcional a sus intereses. Adicionalmente, las políticas desarrolladas en las IES, caracterizadas por la ausencia de democracia y autonomía en su interior, constituyen un reflejo de las prácticas hacendatarias y clientelistas.
En consideración del contexto esbozado anteriormente, la Educación Superior en Colombia se encuentra en una situación de crisis que le impide responder a las necesidades y aspiraciones de los sectores sociales, populares, étnicos y democráticos del país dados los bajísimos niveles de cobertura y la dificultad para el ingreso a la misma que se ilustran con el hecho de que solo el 37% de bachilleres acceda a la Educación Superior y que, adicionalmente, 3 de cada 4 provenga del 40% más rico en Colombia mientras que 1 de cada 40 provenga del 20% más pobre.
Según la UNESCO, para 2007, la tasa de cobertura de la educación en Colombia era de 32,9%, encontrándose así por debajo del promedio de América Latina y el Caribe que era de 35,1%, e incomparable con el 108,7% de Cuba, el 80,9% de Puerto Rico, el 63,3% de Uruguay el 78, 1% de Venezuela[3]. Según Estadísticas del Ministerio de Educación Nacional, el aumento de la cobertura para la Educación Superior entre 2002 y 2009 representó la generación de solo 200.000 nuevos cupos  en educación universitaria y de apenas 34.900 en educación técnica y tecnológica, mientras que anualmente se gradúan alrededor de 625.466 Bachilleres[4]. En cifras más precisas, la cobertura de educación media pasó del 57.4% al 75.8% entre 2002 y 2009 (18 puntos porcentuales) mientras que la Educación Superior pasó del 24.4% en 2002 al 35.5% en 2009, es decir, aumentó únicamente 11 puntos porcentuales.[5]

Las tasas de deserción por cohorte en los distintos niveles de Educación Superior son igualmente desalentadoras: para 2008 la tasa de deserción en la educación universitaria fue del 44, 2%; para la Educación tecnológica, del 57,8% y para la educación técnica, del 67%.

Sobre la base de las dramáticas cifras de cobertura y deserción de la Educación Superior en general, es necesario precisar que las estadísticas de deserción en el sector público han aumentado acercándose a las del sector privado, lo que evidencia el encarecimiento de la educación pública y el debilitamiento del sector, poniendo de presente el carácter excluyente de la educación del país.

Al consignar la Educación Superior como un servicio, la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 dejó instalado el marco jurídico de acción para el neoliberalismo y su intromisión en todos los aspectos de la vida nacional. Sobre esta base, se implementó la ley 30 de 1992 que debilitó la dirección y orientación estratégica de la Educación Superior e introdujo la desregularización necesaria para el consiguiente proceso de privatización y mercantilización, dando así un lugar privilegiado a las instituciones privadas de todo orden para ofertar la educación. El crecimiento y expansión de la oferta de Educación Superior han estado guiados, por ende, no por las necesidades de construir un proyecto de nación autosuficiente, soberana y autodeterminada, sino por intereses particulares -ya se trate de las demandas de uno u otro sector económico o de las presiones de gamonales regionales- que pueden evidenciarse en las agendas de investigación definidas por las IES, lo cual muestra que éstos ven en las Instituciones Públicas de Educación Superior, fortines clientelistas para administrar favores y saquear el erario público. En consecuencia, la Comunidad Educativa, quien debería construir la política pública de educación, ha dejado de tener la capacidad de incidir y decidir acerca de los rumbos de la Educación Superior para encaminarla a la satisfacción de los intereses nacionales y populares.
Las consecuencias de la ley 30 se expresan en las distintas dimensiones y componentes de la Educación Superior: por una parte, se mantienen congelados los recursos para la universidad pública, conllevando esto la disminución de los recursos por estudiante y para infraestructura así como de los rubros para bienestar estudiantil; adicionalmente, se ha reducido el gasto para educación en relación al PIB del país. Al respecto, cabe señalar que pese al crecimiento del PIB  en un 36% y del presupuesto de la nación en un 57% en la primera década del siglo XXI, la inversión en el Sistema de Universidades Estatales tan solo creció un 5,73% mientras que el gasto en seguridad creció en un 66%. Esto produjo la supresión de la autonomía educativa a través de la inserción de funcionarios externos al ámbito académico en los órganos de dirección y gobierno educativo, e impuso formas de evaluación y certificación de la calidad educativa elaborados mayoritariamente por entidades internacionales bajo criterios de gestión y eficiencia empresariales y de satisfacción al consumidor que no permiten la realización plena de los fines misionales de la Educación Superior.
El gobierno colombiano adeuda, a la fecha, un billón de pesos a las Instituciones Educativas del país y se mantienen las brechas excesivamente amplias entre las Instituciones de carácter regional y las de orden nacional.


AÑO
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
U. Nacionales
814.892
882.765
951.520
1.015.427
1.066.833
1.150.040
1.213.830
1.234.328
U. Territoriales
605.056
624.359
662.662
690.728
125.873
198.729
846.688
860.089
TOTAL
1.419.948
1.507.126
1.614.182
1.706.155
1.792.706
1.948.769
2.060.420
2.094.417
Funcionamiento=Aporte ordinario + Concurrencia Pensiones + Diferencia IPC + Artículo 87 + Votaciones.
El año 2011 incluye  las partidas apropiadas en el PGN.
La bolsa del artículo 87 y votaciones se incluyen en el total del sector pero no en la discriminación por origen
APORTES DEL GOBIERNO NACIONAL A LAS UNIVERSIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.
Fuente: Ministerio de Hacienda.

La educación universitaria prestada desde las instituciones privadas, por otra parte, representa actualmente el 50%, donde la gran mayoría son estudiantes con créditos estudiantiles del ICETEX o de entidades bancarias. La educación técnica y tecnológica se encuentra, por su parte, cada vez más precarizada, lo cual obliga a replantear las formas en cómo está siendo abordado desde el Estado este tipo de educación. Nos enfrentamos, por tanto, a un sistema educativo que excluye e impide el acceso de gran parte de la población colombiana mediante diferentes mecanismos como la segregación y el Servicio Militar.
Ante esta situación, la propuesta de Educación Superior presentada por el gobierno de Santos pretendía el recrudecimiento de la crisis presupuestal de la Educación Superior al profundizar los lazos de dependencia de la financiación de la Educación Superior con las instituciones financieras y el crédito  –a través del FODESEP,  FINDETER y el ICETEX–, tendiendo a cambiar drásticamente la relación entre los aportes de la nación y los gastos reales de las IES, dando así la estocada final a la Educación Superior Pública en Colombia. No obstante, y en contra de esta pretensión, el estudiantado y los demás sectores sociales, democráticos y populares, reconociendo que la ley 30 de 1992 ha significado el sacrificio de los principios misionales de la Educación Superior, hemos reafirmado la necesidad de que el Estado garantice la totalidad de la financiación para la Educación Superior Pública.

3.      ALCANCE DE LA PROPUESTA

Colombia precisa de políticas públicas que logren solucionar los problemas estructurales que aquejan a la Educación Superior. En este sentido, la presente Exposición de Motivos y la propuesta de ley de Educación Superior constituyen un eslabón para potenciar y avanzar en la materialización de la Educación Superior como un Derecho Fundamental y Bien Común, consolidando un Sistema de Educación Superior cuyo eje sea la Educación Superior Pública Estatal.
Esta ley de Educación Superior implica la interpelación de los principales problemas que afronta Colombia, cuestionando asimismo el modelo actual de país el cual, por una parte, desarrolla un modelo económico que, al estar anclado en el libre mercado y los TLC, presenta inequidades en la distribución de la riqueza, comportando altos niveles de pobreza y de  exclusión y, por otra parte, al estar fundado en una economía de libre mercado apoyada en la guerra, cuenta con canales restringidos de participación democrática que limitan profundamente las garantías en el ejercicio de los derechos.
Es, justamente, en este contexto que la presente propuesta posibilita la construcción de un Sistema de Educación Superior donde las IES planteen alternativas al neoliberalismo y sirvan a la sociedad colombiana e, igualmente, aporten soluciones que contribuyan a la consecución de la soberanía del país y a la búsqueda de salidas hacía la solución política del conflicto armado. Es decir, una Educación Superior que, desde su quehacer, propenda por la resolución de las causas de los distintos conflictos políticos y sociales que se presentan y se han presentado en el marco de nuestra historia, avanzando hacia la consolidación de nuevas formas de gobierno y participación.

4.      OBJETIVOS DE LA PROPUESTA

s  Consolidar la Educación Superior como un Derecho Fundamental e inalienable y como un Bien Común de la sociedad colombiana. 
s  Avanzar en la construcción de un Sistema de Educación Superior que garantice su coherencia, funcionamiento y orientación, tomando como núcleo central la Educación Superior Pública Estatal.
s  Solucionar estructuralmente las problemáticas históricas de la Educación Superior en Colombia.
s  Avanzar hacia la construcción de una educación popular, democrática, crítica, intercultural, pluriétnica, antipatriarcal y científica que garantice la independencia tecnológica, científica y cultural de la sociedad colombiana.

5.      NUESTRA PROPUESTA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

5.1.           EL PAÍS QUE QUEREMOS

Partimos de la premisa de que “a toda idea de país corresponde un modelo de educación”. Es por esto que la propuesta de Educación Superior planteada por el movimiento estudiantil y la Comunidad Educativa junto con los procesos sociales, democráticos y populares busca avanzar en la construcción de un proyecto de nación que se base en la soberanía, la democracia y la paz. Se propenderá, por tanto, por una educación con vocación transformadora que, desde su quehacer, cuestione y contribuya a la superación de las distintas formas de dominación y exclusión.
Entendemos la soberanía como un acto de autodeterminación de los pueblos y la nación que rechaza la injerencia de agentes externos que condicionen el curso de las acciones de los distintos actores sociales y políticos en el país; es, por tanto, un proceso que avanza hacia la construcción de dinámicas productivas propias, del reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, y de la consolidación de un sistema político, económico y cultural independiente. Todo esto implica que nuestro país propenda por el establecimiento de unas relaciones internacionales económicas y políticas simétricas basadas en el beneficio recíproco y el respeto mutuo que deben configurarse en torno a la integración de los pueblos de Latinoamérica y demás naciones.
Consolidar un país con soberanía implica asimismo la construcción de una nación con auténtica democracia. Es preciso, para esto, que la democracia garantice el ejercicio de los derechos y permita que la pluralidad de intereses e identidades se expresen, participen y decidan con entera libertad a lo largo y ancho del país. Entendemos, por tanto, la democracia como el hecho de que el ejercicio político sea incluyente y popular.
Aspiramos construir una nación y un país en paz y con justicia social. Es por esto que exhortamos a la solución política del conflicto y, en el marco de la autonomía educativa, a participar en ésta desde la academia brindando posibles salidas pero gozando de garantías y libertades democráticas para ello. La universidad en el ejercicio de su autonomía y en el marco de sus fines misionales debe propender por generar programas académicos, investigativos y de proyección social que propicien el logro de la soberanía nacional, la democracia auténtica, la solución política al conflicto armado y de los distintos conflictos políticos y sociales que se presentan y han presentado en nuestra historia, así como de escenarios para la discusión en torno a la construcción de la paz. Descalificamos además la degradación de la guerra y rechazamos soluciones de tipo militarista que solo hacen que el país sucumba ante la violencia.
En últimas, Colombia necesita un modelo de educación que contribuya a la transformación de la profunda crisis política, económica y social que atraviesa. Esto implica que como Comunidades Educativas aportemos en la definición de políticas que propendan por superar, entre otras cosas, la situación actual del campo colombiano, y por proteger el ambiente y la naturaleza. Por otra parte, requiere una nueva política fiscal que coloque como salvaguarda estratégica del Estado, al bienestar social de la población antes que el financiamiento de la guerra y el pago de la deuda externa. Sólo así, podremos cerrar la gran brecha de desigualdad y promover la soberanía, la democracia y la paz como estandartes de nuestro proyecto nacional.

6.      LA EDUCACIÓN SUPERIOR QUE QUEREMOS

6.1.           CARÁCTER DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Los sectores sociales, democráticos y populares entendemos que los elementos que se explican y desarrollan a continuación deberán conformar una Educación Superior para un país que sea

ž   UNIVERSAL Y POPULAR

La Educación Superior es universal y popular, por lo que se debe garantizar la equidad en el acceso, permanencia, disfrute y goce de la misma; es decir, quien quiera acceder y permanecer en la Educación Superior debe poder hacerlo sin importar su condición étnica, social, económica, cultural y política. La Educación Superior es, así mismo, portadora de un proyecto de país en un sentido político, académico, económico y cultural, razón por la que está en función de las necesidades e intereses nacionales y populares colombianos.

ž   DEMOCRÁTICA

El sistema de Educación Superior se construye a partir de criterios democráticos de discusión colectiva en los procesos de elaboración, creación, desarrollo, transmisión y aplicación de sus contenidos y conocimientos. Éstos se obtienen a través del diálogo entre estudiantes y docentes, potenciando así las capacidades de transformación y creación de los individuos y las comunidades; es decir, procurando la formación de sujetos emancipadores y críticos. Teniendo en cuenta lo anterior, el sistema de Educación Superior debe estar en función de la construcción de condiciones para el buen vivir o la vida digna, entendida ésta integralmente en sus dimensiones productiva, cultural, histórica y política; asimismo, debe reconocer el conjunto de los saberes y formas de crear y transmitir el conocimiento.
Las Instituciones de Educación Superior se caracterizan por ser centros académicos de debate y lucha de ideas, es decir, escenarios donde convergen multiplicidad de saberes, posiciones académicas y políticas y fuerzas sociales que discuten, se confrontan, se contraponen y construyen en el marco del diálogo, la libertad de pensamiento y la democracia. Este ejercicio crítico y democrático hace de la Educación Superior uno de los pilares fundamentales de la conciencia crítica de la sociedad colombiana en tanto aporta al conocimiento, reconocimiento y caracterización de los problemas del país y a la solución de los mismos al oponerse a  cualquier forma de discriminación y opresión económica, política, étnica, religiosa o de género, y responder a la diversidad étnica y cultural de Colombia.
La Educación Superior se constituye, de esta manera, en forjadora de un proyecto académico, político, social, cultural y económico de país en la medida en que las Instituciones de Educación Superior que componen el sistema se asuman como escenarios académicos, sociales y culturales que aportan a la construcción de un país con soberanía, democracia y paz.

ž   DERECHO FUNDAMENTAL

La Educación Superior, articulada orgánicamente al sistema educativo (grado 0, básica primaria, básica secundaria, media, entre otras), es un Derecho Fundamental de la sociedad colombiana, respecto al cual el Estado debe cumplir el papel de garante del acceso, la permanencia y el desarrollo integral de todas y cada una de las personas que decidan hacer parte del Sistema de Educación Superior. El conocimiento que se genere al interior de las IES en el desarrollo de sus funciones misionales (docencia, proyección social e investigación) no puede ser utilizado de manera privativa ni puede ser transable como mercancía o como servicio; así mismo, no es un negocio ni puede ser incluido en ningún tipo de acuerdo comercial que tenga vigencia o se postule en el futuro. La Educación Superior es, asimismo, un derecho pluridimensional en tanto es condición necesaria para el goce efectivo de otros derechos sociales y políticos. La Educación Superior es, por tanto, un Derecho Fundamental de todos y cada uno de las y los colombianos por cuanto es una herramienta que permite avanzar hacia la equidad social y el desarrollo colectivo del país; esto implica que es una condición necesaria para desarrollar las capacidades tanto colectivas como individuales que dignifican la razón misma del ser humano partiendo de la posibilidad de realizar su vocación como ser social.

ž   BIEN COMÚN

La Educación Superior es, igualmente, un Bien Común que propende por el desarrollo de las múltiples dimensiones del bienestar de las y los colombianos, siendo por ello un beneficio colectivo y de disfrute para toda la sociedad. La apropiación de este Bien Común es un proceso social que nos invita a darle sentido a la noción de lo público reafirmando un proyecto público de Educación Superior que aporte a la construcción de una nación en la que el conocimiento y la educación sean entendidas como un beneficio colectivo y universal. Un Bien Común debe responder, por tanto, a un proceso de democratización, es decir, los rumbos de la Educación Superior deben ser definidos desde la participación de los sujetos, individuos, colectivos, procesos organizados, expresiones culturales y, en general, del conjunto de las IES y de la población colombiana puesto que la educación como derecho es producto de las luchas sociales, democráticas, populares y culturales  de construcción  y defensa colectiva. El conocimiento que se genere al interior de las IES en el desarrollo de sus funciones misionales (docencia, proyección social e investigación) no puede ser utilizado, por consiguiente, de manera privativa ni puede ser transable como mercancía o como servicio; así mismo, no es un negocio ni puede ser incluido en ningún tipo de acuerdo comercial que tenga vigencia o se postule en el futuro.

ž   PLURAL Y CRÍTICA

Entendiendo que el conocimiento se construye en el marco de un lugar y un momento histórico, lo crítico es entendido como una acción que cuestiona lo preestablecido impulsando la superación de los problemas de la humanidad, el conocimiento y la sociedad para dignificar la vida. Esta acción se realiza a través de procesos respetuosos con la naturaleza y el entorno social, implicando así una interpretación dinámica de la realidad desde la pluralidad de orígenes étnicos, culturas, saberes y disciplinas. Todo lo anterior, debe entenderse en el marco del desarrollo de las funciones misionales de las IES y de la autonomía propia de la Educación Superior.

6.2.           SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

OBSERVACIÓN: En este apartado, es importante precisar qué son las  IES y realizar una caracterización de cada una de ellas; asimismo, es necesario definir qué tipo de sistema es el Sistema de Educación Superior que proponemos y cómo se diferencia de los otros niveles de la educación (grado 0, básica primaria, básica secundaria, media, entre otros).
La transformación del modelo educativo colombiano está encaminada a crear un Sistema de Educación Superior en el que confluyan, bajo parámetros democráticos y en el marco de la autonomía, el conjunto de Instituciones de Educación Superior (IES), reconociendo las necesidades y potencialidades de las dinámicas locales y regionales de cada una de ellas, para consolidar así una red de IES que permita la construcción y difusión del conocimiento como un Bien Común de las y los colombianos. El Sistema de Educación Superior debe ser, así mismo, diverso, pluriétnico, pluricultural y crítico, haciendo posible desde el reconocimiento de la diversidad de saberes y prácticas, la construcción de una sociedad plural, democrática, creativa y transformadora.
Entender la Educación Superior como un Sistema supone, por último, afirmar que, en un mediano y largo plazo, deberá consolidarse una articulación orgánica entre los distintos niveles de educación (grado 0, básica primaria, básica secundaria, media, entre otros) basada en los mismos principios sobre los cuales hoy estamos fundamentando la Educación Superior para el país.

6.2.1.     ESTRUCTURA ORGANIZATIVA QUE REQUIERE EL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Si bien el Sistema de Educación Superior está formado por diversos tipos de Instituciones, programas y modalidades educativas, éste tiene un eje articulador que es la Educación Pública Estatal, sobre el cual las demás Instituciones realizan contribuciones significativas al logro de los propósitos comunes. La construcción de dicho sistema implica:
s  Construir subsistemas regionales de Educación Superior teniendo en cuenta las especificidades de cada región del país.
s  Generar procesos de articulación entre las diferentes IES que permitan la construcción de una red nacional de IES.
s  Avanzar hacia la construcción de un Sistema General de Educación que permita la articulación coherente y democrática de sus diferentes niveles.
s  Avanzar hacia la democratización del acceso al posgrado. Para esto, se requiere que el Estado garantice el acceso, la financiación y la permanencia en el mismo.
s  Fortalecer las universidades regionales y sus proyectos académicos.
s  Consolidar y fortalecer redes de construcción de conocimiento fundamentándose en el desarrollo de grupos de investigación y de conocimiento con perspectiva social y con la premisa de constituir el más amplio proyecto de producción científica nacional y de difusión cultural.
s  Impulsar y desarrollar las distintas esferas del saber, ciencia, tecnología y técnica, arte y humanidades en el conjunto del territorio nacional para fortalecer la proyección social de la Educación Superior y el conjunto de sus funciones misionales.

Colombia debe avanzar hacia la construcción de un sistema estatal de Educación Superior de modo tal que pueda revertir la tendencia negativa entre instituciones privadas y públicas y, de este modo, posibilite el reposicionamiento de las instituciones públicas de Educación Superior en el ámbito nacional e internacional aumentando significativamente su participación en la matrícula total, la producción científica, el diseño de políticas para la educación y la definición del proyecto de nación en Colombia.
La apuesta de nación y país que queremos asume que la dimensión de lo público como espacio colectivo garante de los derechos individuales y colectivos es una obligación primordial del Estado. El carácter público de la Educación Superior, por tanto, no se restringe exclusivamente a la financiación estatal de la educación, aunque esto sea imprescindible, sino que apunta a que el eje de la política pública de Educación Superior, en tanto aporte educativo al proyecto de nación, se estructure sobre el sector público de la Educación Superior cada vez más fortalecido y dinámico. En este marco, el acceso a las IES privadas como parte del sistema de Educación Superior debe ser una elección libre y no una necesidad condicionada por los problemas de inequidad del Sistema reflejados en las falencias de cobertura y acceso a las IES estatales. En ese sentido, dichas IES deben ser reguladas por el Estado, propendiendo por la disminución de los costos de matrícula y la democratización en la participación libre de los estamentos educativos, asumiéndose así la función propia de las IES para cumplir los propósitos de la Educación Superior.
Por otra parte, es imperante que en el marco de un nuevo modelo de Educación Superior que reconozca y responda a la diversidad étnica y cultural del país, se constituyan dos tipos de Instituciones de Educación Superior que permitan rescatar dentro del sistema educativo los conocimientos étnicos, culturales y ancestrales pero respetando el principio de autonomía de las IES. En primer lugar, se deben fortalecer, crear y financiar adecuadamente las Universidades Étnicas de los pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, palenqueros y raizales en tanto son reivindicaciones institucionales de los grupos étnicos, concebidas epistemológicamente desde los sistemas de conocimiento propio y desde la educación propia; las Universidades Étnicas serán de carácter público y especial, mas quedarán abiertas a un diálogo intercultural. En segundo lugar, las Instituciones de Educación Superior convencionales deben constituirse como Instituciones de Educación Superior Interculturales, respetando la autonomía de las IES para implementar dicho carácter intercultural.

6.3.           PRINCIPIOS RECTORES

Se entienden como principios, las ideas sobre las cuales se fundamenta el Sistema de Educación Superior. Son principios de la Educación Superior:

ž   AUTONOMÍA

La autonomía es transversal al sistema de Educación Superior en tanto se convierte en un eje rector del conjunto de Instituciones de Educación Superior que componen dicho sistema. Ahora bien, teniendo en cuenta que cogobierno y democracia son consustanciales a la autonomía, dichos aspectos se convierten en elementos esenciales que se hacen presentes en todas y cada una de tales Instituciones. En este sentido, la aplicabilidad de este aspecto en cada una de las Instituciones tiene matices dadas sus particularidades.
Democracia y Cogobierno: es la participación activa y decisoria de la Comunidad Educativa para definir el rumbo de las Instituciones en todos sus aspectos a través del ejercicio democrático al interior de las IES en todos sus niveles. Los espacios de gobierno de las Instituciones públicas deben ser colegiados y estar compuestos por los miembros de la Comunidad Educativa.
Financiación estatal de la educación: garantiza la autonomía efectiva de la Educación Pública Estatal, apartándola de los intereses económicos asociados a la asignación de recursos.
Libertad de cátedra: en el ejercicio formativo al interior de las IES, existirá la libertad de expresar y desarrollar diferentes enfoques teóricos, metodológicos, pedagógicos así como planteamientos políticos respecto a cualquier área del conocimiento, los problemas de la sociedad y las posibles salidas a los mismos.
Libertad de aprendizaje: tiene como premisa del proceso formativo, la participación activa de los estudiantes con una responsabilidad crítica frente a su proceso de formación académica con criterios para disentir de la  opinión de sus docentes y para escoger las formas de adquisición del conocimiento. 
Libertad de asistencia: relacionada estrechamente con la libertad de aprendizaje, debe permitir que el estudiante opte por otras formas de adquisición del conocimiento. La asistencia a clases puede hacer parte o no de dichas formas.
Libertad de investigación: en las IES, el criterio fundamental  para la definición del qué y cómo se investiga no debe ser el lucro que pueda obtenerse, sino el aporte en los campos de la ciencia, la tecnología, las artes y la cultura orientado hacia la satisfacción de los intereses nacionales y populares.
Libertad de expresión organización y movilización: son condiciones mínimas para que las IES sean un centro de debate y lucha de ideas.
Autonomía del campus: las IES son un escenario de lucha de ideas, por tanto, la presencia de la fuerza pública para militarizar la Institución no tendrá lugar ni consentimiento por parte de ningún funcionario estatal o educativo. Los conflictos al interior de las IES deben ser resueltos mediante el debate entre los estudiantes, los docentes, los trabajadores y las directivas. El Estado debe garantizar, por tanto, que ningún conflicto que surja de la dinámica de las Instituciones de Educación Superior sea solucionado por medio de la fuerza pública.

ž   BIENESTAR

ž   GRATUIDAD

Afirmar que la educación es un Derecho Fundamental y un Bien Común implica que el Estado colombiano debe asumir la total responsabilidad de la financiación del Sistema de Educación Superior Estatal, favoreciendo el subsidio a la oferta y no el subsidio a la demanda, para fortalecer así la Educación Superior Pública Estatal, propendiendo porque en el mediano plazo ésta sea gratuita y universal en su totalidad. La Educación Superior como Derecho Fundamental deberá ser, por tanto, gratuita en las Instituciones del Estado. 

ž   DIGNIDAD EDUCATIVA

La educación digna es una educación para la vida, critica, universal, autónoma y no confesional, en la que prima el Ser sobre el Tener, y es contraria a las lógicas mercantiles; primando, en su lugar, una formación integral, crítica y humanística en todos los niveles educativos que se separa de los indicadores de gestión y los diversos mecanismos de homogenización y estandarización del conocimiento. Ésta Permite que se agrupen y entren en diálogo los distintos conocimientos y saberes existentes.

ž   PLURALIDAD

La construcción de un nuevo modelo educativo implica la necesidad de pensar una Educación Superior que reconozca y responda a la diversidad étnica y cultural del país, posibilitando así un diálogo entre saberes de carácter intra e intercultural en el ámbito educativo.

6.4.           FUNCIONES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

6.4.1.     EDUCACIÓN SUPERIOR Y CONOCIMIENTO

Partimos de entender el conocimiento desde una concepción amplia que reconoce la validez de diversos tipos de saberes no necesariamente inscritos en la lógica epistemológica de la ciencia occidental. El conocimiento es, por ende, un Bien Común no homogenizante que se construye a partir del diálogo constante entre el saber universal y las condiciones del contexto donde se crea. 
El papel del conocimiento, la forma en la que éste se construye y sus fines no deben ser definidos con base en el paradigma de la utilidad que únicamente considera válidos los conocimientos a partir de los cuales se obtiene un producto concreto que debe ser así mismo considerado útil. El mencionado paradigma ha servido de base a las nociones de pertinencia en su acepción neoliberal puesto que es el mercado quien termina definiendo lo que es y lo que no es útil, y a las formas predominantes de asignación presupuestal decreciente para la educación debido a que pretende equiparar las lógicas a través de las cuales se construye conocimiento con las lógicas empresariales a través de las cuales se producen mercancías, no obstante éstas sean completamente distintas e, incluso, contrarias: mientras la naturaleza del conocimiento y su valor formativo reside en su posibilidad de generar campos de conocimiento e investigación cuyos resultados no son necesariamente inacabados sino que pueden ser repensados y replanteados de manera continua dando paso a diversos y nuevos campos de su misma creación, la dinámica mercantil se desarrolla en una vía totalmente contraria, pues en ésta, la relación entre la producción y los costos es inversamente proporcional, es decir, a mayor producción se esperan menores costos.
Es necesario, por tanto, que la Educación Superior y el país promuevan, incluyan y valoren igualmente el conocimiento obtenido a través de la investigación científica, los saberes étnicos y culturales, prácticos y empíricos, y aquellos integrados en el campo de las artes. En este sentido,  sobre la base de la interculturalidad y la diversidad propia y característica del país, deberán contemplarse las condiciones históricas, étnicas, culturales, sociales y materiales que configuran el contexto general colombiano, encaminándose hacia la construcción de una educación integral y humanista en todos sus niveles y aportando a la solución de las problemáticas más sentidas de la sociedad colombiana. La educación en su conjunto deberá, por tanto, formar a las y los estudiantes de manera integral, articulando los saberes teóricos y prácticos, para lograr así un diálogo entre diferentes formas de construcción de conocimiento.
Cada área del conocimiento y sus procesos formativos deben estar claramente definidos ,estableciendo especificidades y límites entre los diferentes niveles de formación (educación técnica, tecnológica y profesional)[6], para así construir y potenciar nuevos modelos pedagógicos y epistemológicos a través de la promoción del diálogo tanto interdisciplinar y transdisciplinar como entre las distintas formas de conocimiento étnico, artístico, científico y humanístico.
El papel del conocimiento es, entonces, la transformación de la realidad social, el sujeto y su entorno de manera tal que se relacionen las perspectivas universales y las condiciones étnicas, culturales, sociales y materiales del contexto en que éste se construye. La educación tiene un horizonte crítico, humanístico que la encaminará hacia el cumplimiento de los fines misionales de las IES y la satisfacción de los intereses nacionales y populares, y asimismo aportará a la democratización plena de la sociedad colombiana de manera que el país logre superar sus actuales condiciones de exclusión, desigualdad, marginalización y conflicto interno.

6.4.2.     FUNCIONES MISIONALES

El papel del conocimiento en la sociedad, transformarse a la vez que transforma la realidad social al aportar soluciones a los problemas sociales, se concreta a partir del ejercicio de la investigación, la proyección social y la docencia. Sin embargo, a lo largo de las últimas décadas, la relación de la Educación Superior con la sociedad se ha ido restringiendo cada vez más a atender y solucionar de manera acrítica los problemas del sector privado, reduciéndola así a una relación con uno solo de los actores sociales: la empresa privada.
Esta reforma democrática y popular para la Educación Superior en Colombia entiende que la docencia, la investigación y la proyección social son esenciales para la consolidación de los sistemas educativos como medios para la creación y difusión del conocimiento e, igualmente, son actores fundamentales en el propósito de priorizar la satisfacción de los intereses nacionales y populares, entre los que se incluyen: el avance de las fuerzas productivas tanto sociales como materiales, de las ideas, las costumbres y las tradiciones, el imaginario colectivo, las teorías, la cosmovisión, la ciencia, el arte, la técnica y la cultura.

ž   DOCENCIA

La docencia deberá integrar la transmisión, creación y construcción del conocimiento, promover las potencialidades del sujeto a partir de un diálogo activo entre el docente y el estudiante, y velar por la formación de sujetos comprometidos con la defensa de los bienes comunes de la nación y que valoren la libertad de pensamiento, la investigación científica y los saberes artísticos, humanísticos, étnicos, culturales y prácticos.
En un contexto en el que prima la tercerización y la sobrecarga laboral, el aumento de la relación numérica entre docentes y estudiantes, y la violación constante a la libertad de cátedra, es imperante reivindicar la necesidad de dignificar la labor docente. Las y los docentes deben tener condiciones de contratación que les permitan cumplir de la mejor manera su misión investigativa y de formación. Debe garantizarse, asimismo, la formación en pedagogía que reciben la y los docentes e integrar al ejercicio docente otros tipos de saberes como los étnicos, artísticos y prácticos que no necesariamente se validan a través de un título.

ž   INVESTIGACIÓN

La investigación es el proceso riguroso y sistemático de construcción e innovación en los campos científico, técnico, tecnológico, artístico, filosófico, humanístico y de los saberes propios en el cual intervienen diversos actores, metodologías, conceptos y tecnologías como herramientas para la creación, reproducción y divulgación del pensamiento, validado por las comunidades educativas, y apropiado y retroalimentado por las comunidades destinatarias y participantes del proceso.
Es preciso impulsar la investigación como herramienta para el dialogo entre saberes y disciplinas, y para el desarrollo del pensamiento crítico, autónomo, creativo y propositivo que contribuya a la solución de problemas científicos, sociales y culturales, a la transformación y emancipación de los pueblos, y al desarrollo e innovación en la ciencia, la tecnología, el arte y la cultura.
La investigación es inherente a la educación y debe estar presente en todos sus niveles. Los resultados investigativos de las IES deben ser entendidos como un Bien Común y, en ese sentido, la sociedad y la Comunidad Educativa podrán hacer uso de estos bajo la forma de Licencias libres.
La investigación debe ser consecuente con el principio de autonomía y, por tanto, serán las Comunidades Educativas quienes definan las agendas de investigación, ramas, líneas y la forma cómo y con quien se investiga. A partir de dichas agendas deberá construirse una política nacional investigativa, financiada ampliamente por el Estado colombiano.

ž   PROYECCIÓN SOCIAL (EXTENSIÓN)

Desde la perspectiva de una relación necesaria entre la IES y su contexto inmediato, deben construirse políticas, programas y acciones académicas y pedagógicas de proyección social. Esto implica potenciar las múltiples y complejas relaciones que establecen las IES tanto con el contexto ambiental, técnico, social y cultural en el que se desenvuelven como con los múltiples actores con los que interactúan, teniendo en cuenta sus condiciones de vida y la situación regional, y estableciendo relaciones dinámicas y recíprocas orientadas a la satisfacción de los intereses nacionales y populares.
La proyección social o extensión se podrá llevar a cabo con los sectores productivos, sociales, populares, democráticos y étnicos, siempre y cuando esta decisión sea fruto de la autonomía y no de la necesidad de obtención de recursos, es decir, que ésta no puede ser un medio para resolver el problema financiero de la Educación Superior y tampoco puede ser monopolizado por los sectores productivos. Para ello, es necesario que cada IES, basándose en su autonomía, establezca criterios que reglamenten de manera clara y concreta los mecanismos a través de los cuales se relacionará con el sector productivo. Los recursos que se recauden por ésta vía serán destinados autónomamente por parte de las IES haciendo uso obligatorio del mecanismo de veeduría de la Comunidad Educativa.
Las IES tienen tres funciones fundamentales que las diferencian de otras instituciones de la sociedad y que, por ende, las alejan de la dinámica de gestión empresarial en la que se les ha querido inscribir:
s  Rescatar, preservar y difundir la cultura a través de procesos de construcción colectiva de memoria y conocimiento.
s  Promover y encaminar a las nuevas generaciones en su formación en las diferentes áreas del conocimiento al servicio de la búsqueda de soluciones para los problemas de la sociedad y sus comunidades;
s  Fomentar la construcción de una postura crítica que involucrando directamente a la investigación debe trascender la concepción mercantil de la “Innovación & Desarrollo”.
Para concluir, es necesario reafirmar que el cumplimiento de las funciones misionales de la Educación Superior supone el cumplimiento y materialización del carácter y los principios ya enunciados al inicio de la presente Exposición de Motivos.

7.      MARCO FINANCIERO SOBRE EL QUE SE SOPORTA NUESTRA PROPUESTA

La educación superior al ser un bien común y un derecho fundamental debe ser universal, y el mejor medio para alcanzar dicha universalidad es la gratuidad y la democratización del acceso en todo el Sistema de Educación Superior. En este marco, desarrollar un esquema de financiación para la Educación Superior tiene dimensiones y consecuencias tanto políticas como económicas precisadas a continuación. Por un lado, es necesario exigir al Estado colombiano que asuma la total responsabilidad de la financiación de la educación superior estatal; por otro lado, el esquema de financiación debe favorecer ampliamente el subsidio a la oferta y no el subsidio a la demanda para fortalecer así la educación superior estatal, propendiendo porque en el mediano plazo la educación superior sea gratuita en su totalidad y de acceso universal. 
Del mismo modo, es fundamental que toda propuesta de financiación para la educación Superior tenga en cuenta el carácter creciente de sus costos totales con el fin de que ésta sea financiada de la forma más adecuada y con recursos del Estado. Esta consideración está sustentada en la naturaleza del conocimiento, su valor formativo y su dinámica de producción, creación y transmisión: El conocimiento tiene una naturaleza dinámica muy particular, que actúa de forma diferente a la producción de mercancías con fines lucrativos, pues su creación y transmisión tienen la posibilidad de generar campos de conocimiento e investigación cuyos resultados no necesariamente son inacabados, sino que pueden ser repensados y redescritos dando paso a diversos y nuevos campos de su misma creación, y es allí donde reside, precisamente, su valor formativo, en su inagotable creación y en la posibilidad de recrearse y reproducirse de manera inacabada.
Con esta dinámica, el conocimiento supera el paradigma de la utilidad y la ganancia, pues lo que de ella surge no necesariamente debe producir un usufructo económico o lucrativo.
Y es también por esta dinámica de creación inacabada e inagotable que el buen curso de la Educación Superior, en el desarrollo de sus funciones misionales y académicas, demanda cada vez más recursos, pues a mayores y más altos grados cualitativos y cuantitativos de creación de conocimiento e investigación, se requieren mayores recursos para su realización sin tener en cuenta las posibles ganancias que esa pueda generar o los gastos que ésta pueda ocasionar.
Ahora bien, esta dinámica no debe confundirse con la dilapidación o el mal uso de los recursos que se destinan para financiar la Educación, antes bien, entendiendo que la Educación Superior –y la educación en general– tiene una función social, la total financiación de la misma, junto a una veeduría realizada por las IES, el Estado y la sociedad, deben propender porque los recursos destinados a tal fin contribuyan al cumplimiento de la responsabilidad que la Educación Superior tiene con la sociedad en la que se desenvuelve.

7.1.           ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA DE FINANCIACIÓN

La premisa sobre la que se basa el modelo de financiación es el fortalecimiento de la educación superior estatal, y un primer paso para lograr este fortalecimiento es que las políticas de financiación de la Educación Superior estén exentas de la aplicación del régimen de sostenibilidad fiscal. Aquí es preciso resaltar que la viabilidad de la propuesta financiera para la Educación Superior será posible siempre y cuando exista voluntad política del Estado para priorizarla dentro del gasto nacional, pues en términos económicos, el país tiene recursos suficientes para destinar al buen funcionamiento del Sistema de Educación Superior subsidiando la oferta, si parte, precisamente, de reevaluar sus prioridades fiscales. Sobre esta base es preciso abrir un escenario nacional de debate político que haga explícitas las prioridades fiscales del Estado y que muestre cuáles son los destinos finales de la recaudación tributaria, quiénes son los principales contribuyentes, y quiénes gozan de mayores privilegios en materia de obligaciones fiscales, dejando claro cuál es el papel que tiene la educación en la distribución del presupuesto nacional.
En este marco, la estructura tributaria de Colombia –en términos del ingreso nacional– se basa en dos tipos de impuestos: impuestos a la renta o al ingreso denominados impuestos directos, e impuestos al consumo denominados impuestos indirectos. Tal distribución ha evidenciado una gran desigualdad tributaria reflejada en un régimen fiscal supremamente regresivo, ya que mientras quienes tienen altas rentas gozan de grandes beneficios tributarios y terminan por no aportar significativamente en el recaudo nacional, la inmensa mayoría de los colombianos, muchos de los cuales se encuentran en condiciones de pobreza, destinan gran parte de sus ingresos a impuestos al consumo.
 Ahora bien, dado que la política presupuestal es una tarea del Estado y su ejercicio debe procurar contrarrestar los niveles de desigualdad anteriormente señalados, una propuesta de financiación para la Educación Superior debe responder a dos principios fundamentales que permitan el cumplimiento de tal objetivo; estos principios son:
  1. Carácter redistributivo de la riqueza: Que implica avanzar hacia la eliminación de la inequidad y la concentración de la riqueza en procura de una nueva concepción y modelo de país. 
  2. Redistribución del gasto público: Que implica la redistribución del presupuesto nacional acorde a las necesidades y prioridades de la población colombiana en general consignadas como derechos sociales. Lo anterior supone la disminución del alto rubro en el gasto destinado para el pago de la deuda pública, la eliminación de las exenciones tributarias a las trasnacionales y la reducción del gasto en guerra.

7.2.           POSIBLES FUENTES DE FINANCIACIÓN

Como primera medida para solventar la crisis presupuestal de la Educación Superior y poder avanzar hacia su financiación adecuada, es preciso recalcar que el Estado debe comprometerse a pagar la deuda histórica que tiene con las IES públicas. Esta deuda, originada por el aumento de gastos debido a las reformas definidas por el gobierno en las últimas dos décadas que implicaron el aumento en gastos como planta docente,  infraestructura física y tecnológica, debe suplirse teniendo en cuenta que los gastos que la crearon no son tenidos en cuenta en el esquema de financiación consignado en el artículo 86 de la Ley 30 de 1992 que actualmente rige el sistema financiero de la Educación Superior y que ha convertido esta deuda en un déficit estructural del Estado con la Educación Superior que debe ser subsanado por el mismo.
Así mismo, en el marco de la reevaluación de las prioridades fiscales sobre las que se distribuye en presupuesto nacional, las fuentes de financiación para la Educación Superior parten del análisis de los elementos que generan mayores gastos para el país; entre ellos, los que requieren una mayor evaluación con miras a reducir estos rubros y destinarlos a la Educación Superior son:
s  La deuda pública y los intereses que ha generado, pues ésta se constituye en el principal lastre de los colombianos al dedicarse cerca del 25% del gasto público para pagar esta deuda ilegítima, y someter así a la Nación a las exigencias de los intereses de los organismos multilaterales de crédito como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.
s  El presupuesto en defensa y seguridad, que representa el segundo mayor gasto de la Nación (23 billones de pesos para el 2012) priorizándose frente al resto de los rubros presupuestales. En particular, este gasto constituye un rubro excesivo para la guerra que bien podría ser destinado para la garantía de los derechos sociales, económicos, políticos y culturales de la población colombiana.
Por otro lado, se debe tener claro que los recursos que se destinen a la Educación Superior no deben ser producto de la creación de impuestos directos al consumo o, en otras palabras, no deben ser producto de nuevos impuestos para la ciudadanía, sino que deben ser generados por impuestos a la renta, al capital y/o al patrimonio, ya que el aporte particular o privado a la educación pública debe basarse ante todo en el pago de impuestos y no en el gasto de las familias. De esta forma, se hace indispensable que tanto el sector financiero como otros sectores que no contribuyen de manera significativa, paguen impuestos para transformar la actual desigualdad fiscal y a partir de allí contemplar la asignación de este recaudo para la financiación de la Educación Superior. Dentro de estos posibles aportes, las fuentes pueden evaluarse sobre la base de:
s  La revisión de los contratos de estabilidad jurídica en zonas francas, que en los términos en los que están planteados actualmente sólo benefician a unos cuantos empresarios extranjeros. 
s  La eliminación de las exenciones tributarias a multinacionales del sector minero y financiero, pues estas se basan en la política de la confianza inversionista que le garantiza el máximo beneficio con el mínimo riesgo al capital financiero trasnacional.
s  El mantenimiento de la integralidad de recursos parafiscales para  la financiación (recolección e inversión) de las Instituciones de régimen especial como el SENA y la ESAP, sin exenciones de ningún tipo a las empresas.

7.3.           CRITERIOS PARA EL MANEJO DE LOS RECURSOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

El punto de partida para el avance de la total financiación Estatal de la Educación Superior, es que tanto los aportes destinados a este propósito sean netamente públicos, como que los recursos recurrentes de las IES estatales sean inyectados directamente a sus bases presupuestales y sean destinados no sólo para los gastos de funcionamiento e infraestructura sino también para los de inversión; además, en el caso de las IES privadas, que éstas no tengan ánimo de lucro por ningún motivo.
En el mismo sentido, los aportes adicionales recibidos por las IES deben llegar directamente a las Instituciones Educativas sin pasar por entidades o institutos intermediarios, propendiendo por  la generación de una descentralización en el manejo de los recursos en lo que refiere a las IES regionales y a las Sedes. En este orden de ideas, deberá existir administración, asignación y distribución autónoma del presupuesto público para las IES que esté acorde con todas las formas de educación, incluidas las necesidades educativas especiales, además de los espacios de veedurías del manejo de estos recursos en los que las comunidades educativas, el Estado y la sociedad participen conjuntamente.  
Por otro lado, es preciso redefinir el papel del ICETEX en el desarrollo de la Educación Superior, teniendo en cuenta que esta entidad no debe ser un órgano fundamental para el buen funcionamiento del Sistema de Educación Superior, sino que debe cumplir un papel secundario en el esquema de subsidio a la oferta y no a la demanda. Por este motivo, el presupuesto del ICETEX será otorgado exclusivamente por el Estado y regulado directamente por el gobierno nacional, entendiendo  esta entidad con una naturaleza sin ánimo de lucro y tomando medidas para la condonación de los préstamos actuales, la suspensión de los procesos de cobro jurídicos que se estén llevando a cabo, así como la priorización de las becas y los subsidios sobre los créditos estudiantiles.

7.4.           MEDIDAS GENERALES PARA EL TRANSITO HACIA LA GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Ahora bien, teniendo en cuenta que nuestra propuesta se enmarca en el fortalecimiento de la educación superior estatal para el desarrollo colectivo del país y en la dignificación de la vida del estudiante, la gratuidad de la Educación Superior Estatal se materializará a partir del no pago de las matrículas por los y las estudiantes –la llamada matrícula cero–, garantías de acceso y permanencia, inversión para la dignidad educativa y democratización de todos los niveles de la Educación Superior. En este sentido y partiendo de los grandes índices de inequidad y exclusión del modelo educativo actual en todos sus niveles, se hace precisa la realización de políticas de acceso diferenciado de los sectores más vulnerados  de la sociedad colombiana  a la Educación Superior pública, pensando que a mediano plazo debe haber una reestructuración del sistema de educación en general (Grado O, primaria, secundaria y superior) en términos de calidad y acceso.
Como un siguiente paso para avanzar hacia la gratuidad es fundamental un análisis del valor de las matrículas de las IES privadas junto a los demás ingresos y costos relacionados con el funcionamiento total de las mismas, con el fin de ajustar los costos de acceso y permanencia a estas instituciones a la capacidad de pago de los estudiantes y así evitar el endeudamiento de las familias. Aquí se ratifica que el acceso a las IES privadas debe ser un mecanismo optativo para quienes así lo decidan, aclarando que la presente propuesta hace hincapié en la necesidad de crear nuevas IES públicas, principalmente universidades, que respondan a la demanda insatisfecha de acceso y cobertura.

8.      MARCO JURÍDICO-CONSTITUCIONAL DE LA PROPUESTA

En la teoría del derecho constitucional moderno se ha establecido que las normas tienen una jerarquía, por tanto, existen unas que son consideradas superiores y en consecuencia, unas inferiores que no pueden ir en contravía de una superior nunca. En Colombia, la actual Constitución Política promulgada en 1991 se ha establecido como “norma de normas” (Artículo 4), es decir, la Carta Política tiene un nivel de superioridad con respecto a cualquier norma que se promulgue en el Estado colombiano. Por esta razón, una nueva ley de Educación Superior no puede oponerse al texto constitucional del 91, mas si puede derogar cualquier ley ordinaria que le sea contraria, como la ley 30 en su conjunto o apartes de otras leyes de educación y afines, pero respetando el principio de unidad de materia de las leyes (Articulo 158).
Por otra parte, la doctrina constitucional ha establecido que no solamente el articulado que la compone hace parte de la Constitución, sino que existen una serie de normas escritas y no escritas por fuera de ella que tienen su mismo nivel; por consiguiente, tanto éstas como el articulado de la Carta conforman lo que la doctrina y la Corte Constitucional han denominado “Bloque de constitucionalidad”. Dicho bloque está compuesto por elementos de derecho interno e internacional que de ser contrariados conllevarían a una modificación de la Constitución Política. Entre éstos, se encuentran los distintos tratados ratificados por Colombia en materia de derechos humanos y la doctrina de los órganos de control internacional sobre derechos humanos, entre otros[7].
Algunos textos constitucionales como el colombiano suelen contener una larga lista de derechos que, muchas veces, no son desarrollados allí, sino que para hacerlo se requiere la elaboración de políticas públicas frente a lo cual, las fuerzas vivas del país tienen una importante responsabilidad política. Para el caso colombiano, la educación aparece consagrada como un derecho en el artículo 67 de la Carta Política[8]; el mismo documento hace referencia  reiteradamente al papel estatal en su promoción[9] de manera progresiva[10].
La consagración constitucional del derecho a la educación no se agota en los mencionados artículos sino que dentro del Bloque de constitucionalidad existen otras normas que contienen y han desarrollado este derecho, entre los que se encuentran diversos pactos, convenios y acuerdos internacionales ratificados por Colombia. Dichos acuerdos, empero, no han sido plenamente cumplidos por el Estado; en este sentido, la propuesta de ley de Educación Superior que le presentamos a la sociedad colombiana significaría la realización plena del derecho a la Educación Superior consignado en múltiples obligaciones internacionales suscritas por Colombia, posibilitando así su garantía tanto como Derecho Fundamental como Bien Común.

8.1.           LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO DERECHO FUNDAMENTAL

La Constitución Política de Colombia contiene una parte dogmática en la cual está enunciada una larga lista de derechos que se clasifican como derechos fundamentales, derechos económicos, sociales y culturales, y derechos colectivos y del ambiente. No obstante, La enunciación de los derechos contenidos en el texto pierde fuerza si se le confronta con la parte económica que es profundamente benévola con el libre mercado, trayendo esto como consecuencia la insatisfacción de un sinfín de derechos.
A este respecto, la Corte Constitucional colombiana ha otorgado una definición de derechos fundamentales que supera la clasificación que se puede abstraer de la Carta Política y ha señalado que éstos “son aquellos que se encuentran reconocidos -directa o indirectamente- en el texto constitucional como derechos subjetivos de aplicación inmediata”[11] y, a su vez, que son “de tal magnitud para el orden constitucional, que su vigencia no puede depender de decisiones políticas de los representantes de las mayorías”.[12] Así mismo, Ha ratificado la importancia de los derechos fundamentales afirmando que “los derechos obtienen el calificativo de fundamentales en razón de su naturaleza, esto es, por su inherencia con respecto al núcleo jurídico, político, social, económico y cultural del hombre (…) [pues] los Derechos Fundamentales constituyen las garantías ciudadanas básicas sin las cuales la supervivencia del ser humano no sería posible”[13], aclarando con vehemencia que “un derecho es fundamental por reunir estas características y no por aparecer reconocido en la Constitución Nacional como tal.[14]
En consideración de lo anterior, es necesario que estos derechos sean desarrollados por políticas públicas que los ubiquen en tal nivel, es decir, que lo entiendan como esencial para dignificar la vida humana[15] conduciendo así a que su garantía sea permanente, universal y generalizada, y evitando con ello que su garantía se busque por mediante la vía judicial.
En el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, la educación se caracteriza como un derecho y un servicio público, omitiendo su consagración entre los artículos 11 y 41 donde aparecen enunciados los derechos fundamentales. Ahora, pese a no aparecer expresamente en la Carta Política como un Derecho Fundamental, la Corte Constitucional en reiteradas ocasiones le ha reconocido este carácter. Frente al tema, el juez constitucional ha señalado que “el hecho de limitar los derechos fundamentales a aquellos que se encuentran en la Constitución Política bajo el título de los derechos fundamentales y excluir cualquier  otro que ocupe un lugar distinto, no debe ser considerado como criterio determinante sino auxiliar, pues él desvirtúa el sentido garantizador que a los mecanismos de protección y aplicación de los derechos humanos otorgó el constituyente de 1991[16]. Lo anterior deja en claro que en el texto constitucional no hay cerrada ninguna vía para la consideración de la educación como Derecho Fundamental.
En la sentencia T-002 de 1992, la Corte Constitucional reconoció la educación en su conjunto como Derecho Fundamental. En dicha sentencia –donde también desarrolló someramente algunos aspectos respecto a la autonomía universitaria–, la Corte señaló que “siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, […] no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la persona[17]. En consideración de lo anterior, ha sido la Corte Constitucional misma quien, habiendo explicado previamente las implicaciones, le ha otorgado tal carácter a la Educación Superior.
Dicha sentencia no es, empero, la única que aborda la educación en tales términos. Tal jurisprudencia ha sido ampliamente ratificada por la Corte, dejando claro que la educación se entiende como derecho constitucional fundamental también “en la formación de adultos, puesto que la educación es inherente y esencial al ser humano, dignificadora de la persona humana, además de constituir el medio a través del cual se garantiza el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura[18]. En ese mismo sentido, en la sentencia T-465 de 2010, manifestó: “en cuanto al derecho a la educación esta corporación ha reconocido su fundamentalidad  a pesar de no estar reconocida expresamente en la Constitución, ya que por tratarse de una garantía esencial e inherente a todas las personas, el derecho a la educación se  configura como un elemento que permite configurar y reconfigurar los medios de acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los valores de la cultura”.
Dicha corporación ha reconocido la importancia para el desarrollo individual y social de este derecho, por lo que en la Sentencia T-202 de 2000 la Corte estableció que “es indudable que el derecho a la educación pertenece a la categoría de los derechos fundamentales, pues, su núcleo esencial, comporta un factor de desarrollo individual y social con cuyo ejercicio se materializa el desarrollo pleno del ser humano en todas sus potencialidades. Esta Corporación, también ha estimado que este derecho constituye un medio para que el individuo se integre efectiva y eficazmente a la sociedad; de allí su especial categoría que lo hace parte de los derechos esenciales de las personas en la medida en que el conocimiento es inherente a la naturaleza humana.”. En consonancia con lo anterior, estableció que la normativa interna y la jurisprudencia constitucional, en completa armonía con las normas internacionales sobre derechos humanos, le han otorgado a la educación el carácter de derecho fundamental de aplicación inmediata e inherente al ser humano, que le permite a los individuos acceder a un proceso de formación personal, social y cultural de carácter permanente, que como tal, tratándose de Educación Superior, se convierte en una obligación progresiva que debe ser garantizado y promovido  por el Estado, la sociedad y la familia, sin que resulte admisible aceptar ningún tipo de restricción o desconocimiento que impida su ejercicio[19].

8.2.           LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO BIEN COMÚN

En sentencia C-830 de 2010, la Corte se refiere al Bien Común como “garantizar la supremacía del bien común, representado en los objetivos identificados por el Constituyente como propios de ese interés general”. Si se habla del bien común, éste deberá ser entendido como “aquel bien que atañe a todos los miembros de una comunidad política como tal comunidad, o al conjunto de individuos de un grupo.  En un orden justo el bien común no se compone de la suma de bienes individuales ni se opone a los mismos. El bien común se asimila así a una concepción de la justicia que desarrolla tanto principios y derechos como una estructura política básica que coincide con lo que conocemos por régimen constitucional.”[20]
Dentro del desarrollo de la educación como Derecho Fundamental y Bien Común cabe mencionar, finalmente, el “criterio de las 4A” elaborado por Katarina Tomaševski, exrelatora especial sobre el derecho a la educación. La autora afirma que la asequibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad son criterios fundamentales para el buen desarrollo de la educación en todo sus niveles, por lo cual, su aplicación efectiva debe ser garantizada por el Estado siendo éste el principal detentor de estas obligaciones[21].
A partir del texto constitucional y de los desarrollos jurisprudenciales de la Corte Constitucional arriba señalados, se puede concluir que la educación en Colombia es un Derecho Fundamental y un Bien Común inherente a la persona y, por ende, se hacen válidas todas las consecuencias derivables de esta caracterización.

8.3.           LA GRATUIDAD Y EL ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR

La viabilidad fiscal de la gratuidad en materia de Educación Superior ha sido enunciada anteriormente; sin embargo, además de ser económicamente sostenible, ésta es legalmente imperativa. El carácter de Derecho Fundamental del que está dotada la Educación Superior posibilita que ésta sea gratuita en todos sus niveles. Así mismo, el acceso y la permanencia en la educación han sido entendidos por la Corte Constitucional como el núcleo esencial del derecho a la educación[22].
Al gozar la educación de la doble condición de derecho y servicio público (artículo 67 de la Constitución), por otra parte, existe la posibilidad de que los particulares puedan ofrecer la educación en sus distintos niveles, razón por la cual la Educación Superior privada tiene plena cabida en el ordenamiento jurídico nacional; no obstante, es clara la norma contenida en el mencionado artículo donde se señala que “la educación será gratuita en las instituciones del Estado”.
Pese a que en la Constitución Política no exista un desarrollo concreto del tema de la gratuidad de la educación más allá de lo que hemos mencionado, dentro del Bloque de constitucionalidad sí existen elementos que nos aproximan a ella y que, en el marco de su desarrollo, ofrecen aspectos importantes para tener en cuenta. Al respecto, es preciso señalar que Colombia ha ratificado distintos tratados de Derechos Humanos en los que se aborda específicamente el tema de la gratuidad en la educación; entre éstos, cabe destacar la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de San Salvador.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, por una parte, señala que “la instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. (...)[23], lo anterior indica que, en términos de acceso, existen mandatos de universalización, lo cual implica  una exigencia de la democratización del ingreso a la universidad.
El pacto de San Salvador, por su parte, en el artículo 13 en el numeral 3, plantea que “la enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados y en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita”. La referencia a la progresividad deviene un elemento central que debe desarrollarse en tanto implica que si bien no es un mandato imperativo a partir de la ratificación del Convenio, sí es ésta una meta que debe realizarse paulatinamente. Sin embargo, aunque el Protocolo fue firmado en 1988, las medidas que se han tomado en Colombia frente a la materia han distado de ser progresivas.
La doctrina ha sido clara en señalar que el carácter de la progresividad para este tipo de tratados no enuncia simples propósitos de los Estados firmantes, sino que son compromisos asumidos, en los que no solamente existe el mandato de progresividad, sino la prohibición de regresividad, es decir, la imposibilidad de que los Estados adopten medidas contrarias a lo señalado, para este caso, la gratuidad en la Educación Superior. En este sentido, el cumplimiento de los tratados internacionales ratificados por el Estado colombiano debe manifestarse en la implementación de la gratuidad en la Educación Superior con el objetivo mismo de cumplir con los deberes internacionales asumidos por Colombia.

8.4.           LA AUTONOMÍA Y LA DEMOCRACIA UNIVERSITARIAS

Frente a autonomía y democracia, el texto constitucional y la Corte han desarrollado elementos bastante significativos que tienen plena cabida dentro de la propuesta de ley de Educación Superior.
El texto constitucional afirma que el “Estado garantiza la libertad de enseñanza, de aprendizaje, de investigación y cátedra”( Artículo 27), que constituyen elementos fundamentales de la autonomía universitaria. Estas libertades, empero, no lo son solamente respecto al poder estatal, sino también respecto a poderes económicos particulares; cuestión que no va en contravía de la Constitución Política. En ese sentido, la Corte ha afirmado que “la autonomía universitaria se concreta entonces en la libertad académica, administrativa y económica de las instituciones de Educación Superior. En ejercicio de ésta, las universidades tienen derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, […] la autonomía universitaria  no es absoluta, puesto que corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; y a la ley establecer las condiciones requeridas para la creación y gestión de los centros educativos, y dictar las disposiciones generales con arreglo a las cuales las universidades pueden darse sus directivas y regirse por sus estatutos”[24]. La autonomía universitaria tiene, pues, un rango constitucional de derecho completamente ligado al Derecho Fundamental a la educación, siendo ésta comprendida como la capacidad de las IES para autodeterminarse.
Estrechamente ligada a la autonomía se encuentra además la democracia universitaria, pues la Constitución Política misma ha señalado que “la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación” (Artículo 68). Resulta claro, entonces, que la democracia como elemento constitutivo de la autonomía obedece también a un criterio constitucional que puede desarrollarse sin ir en contravía de las normas constitucionales.

8.5.           UNA EDUCACIÓN PARA LA SOBERANÍA, LA DEMOCRACIA Y LA PAZ

La educación tiene asimismo una función social que es reconocida en la Constitución Política, lo cual implica que, con base en su autonomía, aporta a la dignificación de los y las sujetos; la educación cumple, por tanto, un papel importante dentro de las lógicas sociales y hacia el país. Afirmamos, por ende, que dentro del actual marco constitucional es posible plantear una ley de Educación Superior para la soberanía, la democracia y la paz en tanto la educación sea garantizada desde la perspectiva de derechos y no desde una lógica mercantil que intenta transar los bienes comunes.


ž   SOBERANÍA

La Corte ha señalado que la educación es “una herramienta para edificar en el conglomerado social la soberanía e independencia de los Estados”[25]. El artículo 79 de la Constitución Política señala, además, que “es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”. A la luz del mencionado artículo y la citada sentencia, resulta claro el papel que ha de jugar la educación en la defensa del territorio y en la apuesta por la autodeterminación del país a partir de la conservación de los recursos naturales y otros elementos que permitan la edificación  de una Colombia soberana.

ž   DEMOCRACIA

El artículo 41 de la Constitución Política señala que en todas las Instituciones de Educación Superior debe ser obligatoria la enseñanza de la Constitución y la instrucción cívica. Esto no puede entenderse, empero, como una norma constitucional sin un trasfondo y una intención pues el artículo 67 de la misma Carta ha señalado que debe formarse a los colombianos y las colombianas como sujetos respetuosos de la democracia. El desarrollo de estos artículos, más allá de la enseñanza de la Constitución Política en las instituciones educativas, proyecta la necesidad de formar sujetos políticos que participen del debate de ideas con un espíritu crítico y desde una perspectiva democrática.

ž   PAZ

Ante la inminente necesidad de paz en Colombia, las normas constitucionales han planteado además la responsabilidad de la educación frente a su consecución que debe desarrollarse dentro de una nueva ley de educación en cualquiera de sus niveles.
Haciendo referencia a la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, en la sentencia T-646 de 2011 anteriormente citada se ha señalado también que “la educación, a todos los niveles es uno de los medios fundamentales para edificar una cultura de paz”. En la Conferencia Mundial sobre la Educación Superior: “La Educación Superior en el siglo XXI”, organizada por la UNESCO[26], en sentido análogo, se afirma que “la educación es uno de los pilares fundamentales de los derechos humanos, la democracia, el desarrollo sostenible y la paz, por lo que deberá ser accesible para todos a lo largo de toda la vida”.
Un marco normativo de Educación Superior que plantee caminos para la solución política al conflicto armado interno debe contener, por otra parte, normas de derecho interno y recomendaciones en el plano internacional que respondan al interés general.


[1] “Financiarización significa que, en el proceso económico, la lógica financiera se sobrepone a la lógica productiva”. Ver Financiarización:
nuevo orden social y político, Artículo de César Giraldo Profesor Asociado Universidad Nacional de Colombia
[2] “La securitización es el diseño de instrumentos financieros (bonos de renta fija o variable) respaldados por flujos provenientes de activos de distinta naturaleza. Lo anterior se perfecciona a través de una compra a término del activo por parte de un Patrimonio Separado que a su vez lo financia con el bono de oferta pública colocado en el mercado.” Ver http://www.santander.cl/securitizadora/con_sec.asp.
[3]Véase el ANÁLISIS DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO SECTORIAL. Universidad Tecnológica de Pereira. 2010.
[4]Véase Sistema educativo colombiano: comenzar por el principio, Francisco Cajiao, FENALPROU. Artículo Web disponible en http://www.fenalprou.org.co/debate-ley-30/academia/383-sistema-educativo-colombiano-comenzar-por-el-principio-.html
[5]Véase Educación Superior en Colombia: Cobertura y relevancia. Sergio Clavijo. Ministerio de Educación Nacional. Artículo web disponible en http://www.mineducacion.gov.co/observatorio/1722/article-244352.html
[6] Es necesario darle un desarrollo a la definición de cada uno de los niveles de Educación Superior, es decir: técnico, tecnológico y profesional.
[7] QUINCHE, Manuel. Derecho Constitucional Colombiano. De la Carta del 91 y sus reformas. Bogotá, Ibáñez, 2010, p. 102.
[8] El texto del primer inciso del artículo 67 señala: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
[9] La enunciación de dicho papel puede encontrarse en artículos de la Constitución Política como el 45, 69, 70 y 79.
[10] Más adelante haremos referencia a las implicaciones de la progresividad.
[11] Sentencia SU-225 de 1998, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz
[12] Ibídem.
[13] Sentencia T-418, 12 de junio de 1992
[14] Ibídem.
[15] Sentencia T-002 de 1992
[16] Ibidem.
[17] Ibidem.
[18] Sentencia T-807 de 2003 
[19] Sentencia T-068 de 2012
[20] CETINA, Ariel. Sobre el bien público y el bien común.
[22] Sentencia T-329 de 1997
[23] Artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
[24] Sentencia C-547 de 1994
[25] Sentencia T-646 de 2011

2 comentarios:

Andrés dijo...

Compañer@s

Ante la inoperancia por parte del gobierno nacional de dar respuesta a una necesidad social, educativa, democrática y popular, es menester que los compañer@s estudiantes que han tenido que iniciar y/o concluir sus estudios en el extranjero por falta de políticas democráticas en el sistema educativo nacional pudiéramos convocar para noviembre a cumplirse un año de "archivada" la Ley30 a un manifestación pacífica en la embajada y/o consulado de Colombia de cada país donde residen nuestros compatriotas, profesionales y colegas.
Buenos Aires, por ejemplo residimos una importante comunidad de compañer@s que tomamos como destino el pueblo gaucho por encontrar una educación inclusiva y democrática que permite la lucha continua que muchos de nosotros como estudiantes y militantes sociales seguimos en estas tierras para continuar no solo nuestros estudios, sino para contribuir a la continua lucha por una universidad para todos; con mejores estándares de calidad, inversión estatal, contribución científica, becas estudiantiles, acceso a las telecomunicaciones, etc,.
De ante mano les brindo mi lucha y mis intensiones que la educación superior no se "negocio" de multinacionales ni mucho menos lucro para los burócratas de turno.
La Educación Superior es de todos y para todos, gratuita e inclusiva.

Abrazo fraternal!

Seguiremos luchando!

Luis Rodríguez

J suarez dijo...

Excelente contenido creación de empresa extranjera en México

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