PROPUESTA DE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE UNA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA UN PAÍS CON SOBERANÍA, DEMOCRACIA Y PAZ
Posted by Mesa Amplia Nacional Estudiantil - MANE Colombia
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domingo, 22 de julio de 2012
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NOTA INTRODUCTORIA AL DOCUMENTO DE TRABAJO PARA LA
ELABORACIÓN DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El documento que
presentamos a continuación surge de los insumos producidos durante el Primer
Encuentro Social y Popular convocado por la Mesa Amplia Nacional Estudiantil el
mes de Junio. Las conclusiones de este Encuentro, contenidas en las relatorías
de las diez mesas y plenarias, así como los aportes realizados por docentes y
trabajadores en el marco del proceso de construcción programática se
constituyen en una apuesta sustantiva hacia un nuevo modelo de Educación
Superior para Colombia y están representados en los avances iniciales que
presentamos a continuación, susceptibles como en todo proceso de construcción
de ser criticados, cuestionados y profundizados.
El documento que
presentamos es, por tanto, un documento inacabado cuyo objetivo no es otro que
el de incentivar con mayor fuerza el debate sobre la Educación Superior como
Bien Común y Derecho Fundamental. El
documento para la elaboración de la Exposición de Motivos que se ha podido
condensar en estas páginas, tiene el objetivo central de convertirse en el
documento de trabajo para profundizar el debate sobre la Educación Superior
colombiana, continuando con la construcción programática tanto en cada universidad
e institución, como con los demás estamentos educativos y la sociedad
colombiana en general, estableciendo así una vinculación estrecha entre todos
los actores de este proceso, entendiendo que aún falta la elaboración de las
versiones Borrador y Final de la Exposición de Motivos, para culminar la
presente fase de elaboración de propuesta.
Este proceso se ha
caracterizado por ser participativo y democrático, sumado a un esquema de
organización y sistematización que ha permitido cualificar los debates y
apuntalar grandes consensos así como profundizar el desarrollo de los disensos.
Frente a ello, la Comisión Académica de la MANE y su Equipo Dinamizador han
jugado un importante papel. La metodología adoptada por el movimiento
estudiantil para incentivar la discusión entre los diferentes estamentos
educativos, vinculando a los procesos sociales, democráticos y populares a la
discusión de modelo de educación, es una demostración de la importancia de
construir dinámicas de participación con visión estratégica de los problemas
más sentidos del país desde las comunidades afectadas y entablando un diálogo
con todos los actores. Éste proceso ha sido un proceso de discusión académica,
debate político, interrelación de saberes, culturas y visiones.
Nuestro objetivo es
continuar el debate, recoger más visiones y perspectivas y seguir trazando la
ruta que permita presentarle a Colombia una propuesta de nueva educación para
un país con soberanía, democracia y paz.
El documento puede descargarse desde el siguiente enlace
http://issuu.com/mane.academica/docs/documento_de_trabajo_exposici_n_de_motivos?mode=window&pageNumber=1
http://issuu.com/mane.academica/docs/documento_de_trabajo_exposici_n_de_motivos?mode=window&pageNumber=1
A
LA SOCIEDAD COLOMBIANA
PROPUESTA DE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE UNA
NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA UN
PAÍS CON SOBERANÍA, DEMOCRACIA Y PAZ
Colombia, Junio 2012
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
El movimiento estudiantil agrupado en la Mesa
Amplia Nacional Estudiantil MANE, los estamentos educativos y los sectores del
pueblo colombiano que se han sumado a este proceso democrático de construcción
de propuesta presentamos a la sociedad la siguiente Exposición de Motivos donde
se establecen los criterios políticos, jurídicos y filosóficos que deberán
regir una nueva educación para un país con soberanía, democracia y paz.
Considerando que Colombia requiere políticas
públicas que aporten soluciones estructurales a los graves problemas que
históricamente ha afrontado la educación en el país, el presente documento se
sustenta en la necesidad de adelantar un nuevo proyecto de Ley que permita
materializar una reforma democrática de la Educación Superior colombiana para
garantizar que ésta se constituya como un Derecho Fundamental y Bien Común,
para que, asimismo, responda a los intereses y necesidades nacionales y
populares.
La presente es una apuesta política que
recoge un conjunto de reivindicaciones históricas de los procesos sociales,
democráticos y populares en materia educativa representando así un avance para
la construcción de un modelo integral de educación que contenga nuevos medios,
principios y propósitos para la Educación Superior. No pretende, por
consiguiente, adelantar ajustes parciales a la Ley 30 de 1992 en tanto ésta y
sus reglamentaciones profundizaron la crisis de la Educación Superior. Tampoco
se trata de un ajuste al Proyecto de reforma de dicha ley presentado por el
Gobierno durante el año anterior en tanto su enfoque neoliberal, mercantilista
y privatizador orientaba también a la Educación Superior en función de un
proyecto de país que en materia económica, política y social, excluye y margina
a grandes sectores de la población.
Para avanzar en la consecución de los
propósitos políticos planteados, invitamos a los diferentes procesos sociales,
políticos y comunitarios, madres y padres de familia, estudiantes, docentes y
trabajadores, grupos étnicos, mujeres, sectores LGBTI, intelectuales, docentes
de secundaria y todos aquellos que quieran sumarse a nuestra labor, a continuar
con este proceso de construcción democrática de una nueva ley de Educación
Superior.
1. OBJETO DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El presente
documento tiene como propósito fundamental establecer los criterios de orden
político, jurídico, académico y filosófico que permitan materializar la
educación como un Derecho Fundamental y Bien Común de la sociedad colombiana,
avanzando hacia la construcción de un Sistema de Educación Superior cuyo eje
principal sea la Educación Superior Pública Estatal.
2. CONTEXTO GENERAL DE LA PROPUESTA
Desde hace cuarenta años aproximadamente,
el mundo entero ha vivido una serie de profundas transformaciones en el plano
político, económico y social. La década de 1970 constituyó una fase de ruptura
con las lógicas de producción en serie, contratación directa de las/os
trabajadores y la garantía de sus derechos laborales. En 1973, particularmente,
la crisis de producción y del petróleo puso en jaque al sistema económico
mundial que debió adoptar el neoliberalismo y sus distintas tácticas como
mecanismos para la recuperación de la tasa de ganancia y para la superación de
la crisis. Dichos mecanismos abarcan la privatización de lo público, la
financiarización[1] y
mercantilización de derechos como la vivienda, la salud, la educación y los
servicios públicos, la flexibilización y precarización laborales, la doble
explotación del trabajo, el reforzamiento de la División Internacional del
Trabajo y la profundización de la dependencia y subordinación de los países de
la periferia.
En ese contexto, el tamaño y las
responsabilidades del Estado han disminuido y cambiado, dejando de ser la
entidad que garantiza y viabiliza el ejercicio de los derechos para convertirse
en el ente que posibilita la desregulación del mercado internacional y la
explotación de los recursos naturales y de la fuerza de trabajo en los
distintos países. El neoliberalismo y la globalización han obligado además al
abandono progresivo de las raíces culturales y étnicas, desconociéndose así los
acumulados históricos de las múltiples comunidades que habitan las naciones
para introducirlas en la lógica homogenizante del mundo occidental.
En la actualidad, existe una competencia
continua y muy marcada entre los monopolios internacionales para dominar los
nuevos mercados y nichos de producción; esto ha configurado un panorama mundial
de despojo, invasiones y conflictos militares que evidencia lo agudo de una
crisis que, lejana a resolverse por vía de la cooperación y el diálogo, ha
llevado al sistema a profundizar la dominación desde las potencias económicas
para garantizar nuevos nichos de mercado y acumulación a través de la
mercantilización y financiarización de los derechos de las sociedades y los
pueblos, constituyendo para ello a los
países del tercer mundo como espacios privilegiados de recomposición de la tasa
de ganancia. De esta manera, se han profundizado los niveles de represión
contra los pueblos que en los distintos países y territorios se levantan por
sus derechos fundamentales en justas y legítimas protestas, de las cuales el
movimiento estudiantil se ha hecho partícipe, logrando que los casos de España,
Chile, Puerto Rico, Colombia y ahora México sean reconocidos
internacionalmente.
En este marco, y para mantener el rol que
el capitalismo en su fase neoliberal le ha puesto al país, los sectores dominantes
han buscado profundizar el modelo minero extractivo y de producción agrícola
adoptando una vía que traza la re-primarizacion de la economía como el camino a
seguir, al tiempo que se aumentan los procesos de privatización de lo público
presentes en los últimos Planes Nacionales de Desarrollo. Entre éstos, cabe
señalar los casos emblemáticos e históricos de la salud, la Educación Superior
y el sistema judicial que habiendo atravesado por un proceso paulatino de
privatización cuyo punto de inflexión fue la apertura económica de 1990, se
expresaron concretamente en la ley 100 de 1993, la ley 30 de 1992 y la reforma
a la justicia recientemente presentada, respectivamente. Adicionalmente,
mientras se restringen los derechos de la población y se disminuye el presupuesto
nacional para el gasto social, se aumentan desmedidamente los rubros para el
pago de la deuda pública, la guerra y el desarrollo militar a la par que se
otorgan beneficios y exenciones tributarias a las transnacionales y monopolios.
Más recientemente, la entrada en vigencia
del TLC con los EEUU y la negociación de
otros tratados constituyen evidencias tanto de la intención de recolonización
del país como de las profundas diferencias existentes entre el proyecto que los
sectores dominantes tienen para Colombia y las aspiraciones de soberanía,
democracia y paz del movimiento social, popular y democrático que, por medio de
sus expresiones organizadas, ha luchado en las calles por la defensa de los
derechos que pretenden ser mercantilizados y contra la pretensión de la Unidad
Nacional de uniformar la vida política del país a través de la cooptación y la
represión.
Adicionalmente, el Plan Nacional de
Desarrollo propuesto por el actual gobierno bajo el eje de las 5 locomotoras
(infraestructura, vivienda, agro, minería e innovación) tiene, entre otras,
cuatro implicaciones muy serias que es importante señalar. En primera
instancia, se consiente la expropiación de los recursos naturales por parte de
empresas transnacionales bajo el eje de la explotación minero-energética. En
segundo lugar, dado que la concepción de país que se encuentra en la idea
territorial expresada en el PND se asemeja a la idea de dar el país en
concesión, se legitima la gran propiedad sobre la tierra al institucionalizar
el gran latifundio que ha generado el despojo a los habitantes del campo y la
inequidad social por todo el país. En tercera instancia, al instaurar la
Sostenibilidad Fiscal como principio de lo público, se convierte el gasto del
dinero por parte del gobierno en sus prioridades políticas por encima del gasto
social, en el derecho más importante para las y los colombianos. De esta
manera, los derechos sociales son puestos en función de garantizar las 5
locomotoras mientras el gasto social y la educación, que hace varios años
vienen siendo privatizados y negociados, se vuelven un instrumento de gobierno
para vender el país. En último lugar y dada la continuidad de la política de
Seguridad Democrática se reafirma la salida militar a la guerra dejando de lado
la solución política al conflicto interno.
En consecuencia, Las políticas
gubernamentales actuales atentan contra el principio de autonomía de la
educación si se considera que, para el gobierno Santos, ésta debe ser funcional
a las cinco locomotoras, y que por otra parte, la incursión desaforada del gran
capital financiero, la venta de recursos naturales y la política de despojo y
miseria han engendrado un país cuyo dueño es la gran empresa privada extranjera
mientras se legitima dicho estado de cosas a través de la fuerza y la
cooptación.
A las problemáticas producto de la
presente coyuntura se unen las dificultades históricas del país, entre las que
cabe destacar: la concentración generalizada de la tierra y la renta de la
misma en pocas manos, la pauperización de las comunidades ancestrales y
campesinas, la existencia de fuertes estructuras patriarcales y confesionales
que excluyen productiva y políticamente a los sectores LGBTI y a las mujeres
(según la OIT, las mujeres son quienes tienen menores garantías educativas y
laborales), el racismo estructural, la intención gubernamental de mantener el
conflicto existente, el fortalecimiento de las políticas de confianza
inversionista, la política de represión y violación sistemática de los DDHH por
parte del Estado colombiano, las estrategias estatales de represión y
criminalización de la protesta social, la securitización[2] de la vida
cotidiana y el cercenamiento de libertades democráticas, y la permanencia de
nuestro país dentro de los más desiguales del mundo, pues las condiciones
sociales que Colombia presenta están caracterizadas por la alta concentración
de la riqueza, siendo el tercer país más desigual del mundo según el
coeficiente de GINI (que se ubica en 0,58).
La situación actual de la educación
nacional y la crisis por la que atraviesa están relacionadas, por otra parte,
con factores de orden nacional e internacional inscritos en la mediana y larga
duración histórica, es decir que ésta es un producto de las lógicas financieras
y mercantiles propias del periodo neoliberal así como del capitalismo
dependiente y oligárquico que se ha configurado históricamente en el país. Los
sectores dominantes han otorgado poca o nula importancia al fomento de la
educación, siendo incapaces de articular y dar coherencia a la relación entre
sus distintos niveles (grado 0, primaria, secundaria y superior); de este modo,
se ha construido una educación elitista, excluyente y orientada por los
organismos de crédito multilaterales y monopolios internacionales, desvinculada
de las necesidades e intereses nacionales y populares.
La educación ha estado marcada asimismo
por una tendencia histórica de autoritarismo y antidemocracia que se ha
agudizado en el marco del neoliberalismo y del fortalecimiento del modelo
homogeneizador que requiere hacer de ésta un instrumento funcional a sus
intereses. Adicionalmente, las políticas desarrolladas en las IES,
caracterizadas por la ausencia de democracia y autonomía en su interior,
constituyen un reflejo de las prácticas hacendatarias y clientelistas.
En consideración del contexto esbozado
anteriormente, la Educación Superior en Colombia se encuentra en una situación
de crisis que le impide responder a las necesidades y aspiraciones de los
sectores sociales, populares, étnicos y democráticos del país dados los
bajísimos niveles de cobertura y la dificultad para el ingreso a la misma que
se ilustran con el hecho de que solo el 37% de bachilleres acceda a la
Educación Superior y que, adicionalmente, 3 de cada 4 provenga del 40% más rico
en Colombia mientras que 1 de cada 40 provenga del 20% más pobre.
Según la UNESCO, para 2007, la tasa de
cobertura de la educación en Colombia era de 32,9%, encontrándose así por
debajo del promedio de América Latina y el Caribe que era de 35,1%, e
incomparable con el 108,7% de Cuba, el 80,9% de Puerto Rico, el 63,3% de
Uruguay el 78, 1% de Venezuela[3]. Según
Estadísticas del Ministerio de Educación Nacional, el aumento de la cobertura
para la Educación Superior entre 2002 y 2009 representó la generación de solo
200.000 nuevos cupos en educación
universitaria y de apenas 34.900 en educación técnica y tecnológica, mientras
que anualmente se gradúan alrededor de 625.466 Bachilleres[4]. En cifras
más precisas, la cobertura de educación media pasó del 57.4% al 75.8% entre
2002 y 2009 (18 puntos porcentuales) mientras que la Educación Superior pasó
del 24.4% en 2002 al 35.5% en 2009, es decir, aumentó únicamente 11 puntos
porcentuales.[5]
Las tasas de deserción por cohorte en los
distintos niveles de Educación Superior son igualmente desalentadoras: para
2008 la tasa de deserción en la educación universitaria fue del 44, 2%; para la
Educación tecnológica, del 57,8% y para la educación técnica, del 67%.
Sobre la base de las dramáticas cifras de cobertura y deserción de la
Educación Superior en general, es necesario precisar que las estadísticas de
deserción en el sector público han aumentado acercándose a las del sector
privado, lo que evidencia el encarecimiento de la educación pública y el
debilitamiento del sector, poniendo de presente el carácter excluyente de la
educación del país.
Al consignar la Educación Superior como un
servicio, la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 dejó instalado el
marco jurídico de acción para el neoliberalismo y su intromisión en todos los
aspectos de la vida nacional. Sobre esta base, se implementó la ley 30 de 1992
que debilitó la dirección y orientación estratégica de la Educación Superior e
introdujo la desregularización necesaria para el consiguiente proceso de
privatización y mercantilización, dando así un lugar privilegiado a las
instituciones privadas de todo orden para ofertar la educación. El crecimiento
y expansión de la oferta de Educación Superior han estado guiados, por ende, no
por las necesidades de construir un proyecto de nación autosuficiente, soberana
y autodeterminada, sino por intereses particulares -ya se trate de las demandas
de uno u otro sector económico o de las presiones de gamonales regionales- que
pueden evidenciarse en las agendas de investigación definidas por las IES, lo
cual muestra que éstos ven en las Instituciones Públicas de Educación Superior,
fortines clientelistas para administrar favores y saquear el erario público. En
consecuencia, la Comunidad Educativa, quien debería construir la política pública
de educación, ha dejado de tener la capacidad de incidir y decidir acerca de
los rumbos de la Educación Superior para encaminarla a la satisfacción de los
intereses nacionales y populares.
Las
consecuencias de la ley 30 se expresan en las distintas dimensiones y
componentes de la Educación Superior: por una parte, se mantienen congelados
los recursos para la universidad pública, conllevando esto la disminución de
los recursos por estudiante y para infraestructura así como de los rubros para
bienestar estudiantil; adicionalmente, se ha reducido el gasto para educación
en relación al PIB del país. Al respecto, cabe señalar que pese al crecimiento
del PIB en un 36% y del presupuesto de
la nación en un 57% en la primera década del siglo XXI, la inversión en el
Sistema de Universidades Estatales tan solo creció un 5,73% mientras que el
gasto en seguridad creció en un 66%. Esto produjo la supresión de la autonomía
educativa a través de la inserción de funcionarios externos al ámbito académico
en los órganos de dirección y gobierno educativo, e impuso formas de evaluación
y certificación de la calidad educativa elaborados mayoritariamente por
entidades internacionales bajo criterios de gestión y eficiencia empresariales
y de satisfacción al consumidor que no permiten la realización plena de los
fines misionales de la Educación Superior.
El gobierno
colombiano adeuda, a la fecha, un billón de pesos a las Instituciones
Educativas del país y se mantienen las brechas excesivamente amplias entre las
Instituciones de carácter regional y las de orden nacional.
AÑO
|
2004
|
2005
|
2006
|
2007
|
2008
|
2009
|
2010
|
2011
|
U. Nacionales
|
814.892
|
882.765
|
951.520
|
1.015.427
|
1.066.833
|
1.150.040
|
1.213.830
|
1.234.328
|
U. Territoriales
|
605.056
|
624.359
|
662.662
|
690.728
|
125.873
|
198.729
|
846.688
|
860.089
|
TOTAL
|
1.419.948
|
1.507.126
|
1.614.182
|
1.706.155
|
1.792.706
|
1.948.769
|
2.060.420
|
2.094.417
|
Funcionamiento=Aporte ordinario +
Concurrencia Pensiones + Diferencia IPC + Artículo 87 + Votaciones.
El año 2011 incluye las partidas apropiadas en el PGN.
La bolsa del artículo 87 y votaciones se
incluyen en el total del sector pero no en la discriminación por origen
APORTES DEL GOBIERNO NACIONAL A LAS
UNIVERSIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.
Fuente: Ministerio de Hacienda.
La educación
universitaria prestada desde las instituciones privadas, por otra parte,
representa actualmente el 50%, donde la gran mayoría son estudiantes con
créditos estudiantiles del ICETEX o de entidades bancarias. La educación
técnica y tecnológica se encuentra, por su parte, cada vez más precarizada, lo
cual obliga a replantear las formas en cómo está siendo abordado desde el
Estado este tipo de educación. Nos enfrentamos, por tanto, a un sistema
educativo que excluye e impide el acceso de gran parte de la población
colombiana mediante diferentes mecanismos como la segregación y el Servicio
Militar.
Ante esta situación, la propuesta de
Educación Superior presentada por el gobierno de Santos pretendía el
recrudecimiento de la crisis presupuestal de la Educación Superior al
profundizar los lazos de dependencia de la financiación de la Educación
Superior con las instituciones financieras y el crédito –a través del FODESEP, FINDETER y el ICETEX–, tendiendo a cambiar
drásticamente la relación entre los aportes de la nación y los gastos reales de
las IES, dando así la estocada final a la Educación Superior Pública en
Colombia. No obstante, y en contra de esta pretensión, el estudiantado y los
demás sectores sociales, democráticos y populares, reconociendo que la ley 30
de 1992 ha significado el sacrificio de los principios misionales de la
Educación Superior, hemos reafirmado la necesidad de que el Estado garantice la
totalidad de la financiación para la Educación Superior Pública.
3. ALCANCE DE LA PROPUESTA
Colombia
precisa de políticas públicas que logren solucionar los problemas estructurales
que aquejan a la Educación Superior. En este sentido, la presente Exposición de
Motivos y la propuesta de ley de Educación Superior constituyen un eslabón para
potenciar y avanzar en la materialización de la Educación Superior como un
Derecho Fundamental y Bien Común, consolidando un Sistema de Educación Superior
cuyo eje sea la Educación Superior Pública Estatal.
Esta ley de
Educación Superior implica la interpelación de los principales problemas que afronta
Colombia, cuestionando asimismo el modelo actual de país el cual, por una
parte, desarrolla un modelo económico que, al estar anclado en el libre mercado
y los TLC, presenta inequidades en la distribución de la riqueza, comportando
altos niveles de pobreza y de exclusión
y, por otra parte, al estar fundado en una economía de libre mercado apoyada en
la guerra, cuenta con canales restringidos de participación democrática que
limitan profundamente las garantías en el ejercicio de los derechos.
Es, justamente,
en este contexto que la presente propuesta posibilita la construcción de un
Sistema de Educación Superior donde las IES planteen alternativas al
neoliberalismo y sirvan a la sociedad colombiana e, igualmente, aporten
soluciones que contribuyan a la consecución de la soberanía del país y a la
búsqueda de salidas hacía la solución política del conflicto armado. Es decir,
una Educación Superior que, desde su quehacer, propenda por la resolución de
las causas de los distintos conflictos políticos y sociales que se presentan y
se han presentado en el marco de nuestra historia, avanzando hacia la
consolidación de nuevas formas de gobierno y participación.
4. OBJETIVOS DE LA PROPUESTA
s Consolidar la
Educación Superior como un Derecho Fundamental e inalienable y como un Bien
Común de la sociedad colombiana.
s Avanzar en la
construcción de un Sistema de Educación Superior que garantice su coherencia,
funcionamiento y orientación, tomando como núcleo central la Educación Superior
Pública Estatal.
s Solucionar
estructuralmente las problemáticas históricas de la Educación Superior en
Colombia.
s Avanzar hacia
la construcción de una educación popular, democrática, crítica, intercultural,
pluriétnica, antipatriarcal y científica que garantice la independencia
tecnológica, científica y cultural de la sociedad colombiana.
5. NUESTRA PROPUESTA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
5.1. EL PAÍS QUE QUEREMOS
Partimos de la
premisa de que “a toda idea de país corresponde un modelo de educación”. Es por
esto que la propuesta de Educación Superior planteada por el movimiento
estudiantil y la Comunidad Educativa junto con los procesos sociales,
democráticos y populares busca avanzar en la construcción de un proyecto de
nación que se base en la soberanía, la democracia y la paz. Se propenderá, por
tanto, por una educación con vocación transformadora que, desde su quehacer,
cuestione y contribuya a la superación de las distintas formas de dominación y
exclusión.
Entendemos la
soberanía como un acto de autodeterminación de los pueblos y la nación que
rechaza la injerencia de agentes externos que condicionen el curso de las
acciones de los distintos actores sociales y políticos en el país; es, por
tanto, un proceso que avanza hacia la construcción de dinámicas productivas
propias, del reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, y de la
consolidación de un sistema político, económico y cultural independiente. Todo
esto implica que nuestro país propenda por el establecimiento de unas
relaciones internacionales económicas y políticas simétricas basadas en el
beneficio recíproco y el respeto mutuo que deben configurarse en torno a la
integración de los pueblos de Latinoamérica y demás naciones.
Consolidar un
país con soberanía implica asimismo la construcción de una nación con auténtica
democracia. Es preciso, para esto, que la democracia garantice el ejercicio de
los derechos y permita que la pluralidad de intereses e identidades se
expresen, participen y decidan con entera libertad a lo largo y ancho del país.
Entendemos, por tanto, la democracia como el hecho de que el ejercicio político
sea incluyente y popular.
Aspiramos
construir una nación y un país en paz y con justicia social. Es por esto que
exhortamos a la solución política del conflicto y, en el marco de la autonomía
educativa, a participar en ésta desde la academia brindando posibles salidas
pero gozando de garantías y libertades democráticas para ello. La universidad
en el ejercicio de su autonomía y en el marco de sus fines misionales debe
propender por generar programas académicos, investigativos y de proyección
social que propicien el logro de la soberanía nacional, la democracia
auténtica, la solución política al conflicto armado y de los distintos
conflictos políticos y sociales que se presentan y han presentado en nuestra
historia, así como de escenarios para la discusión en torno a la construcción
de la paz. Descalificamos además la degradación de la guerra y rechazamos
soluciones de tipo militarista que solo hacen que el país sucumba ante la
violencia.
En últimas,
Colombia necesita un modelo de educación que contribuya a la transformación de
la profunda crisis política, económica y social que atraviesa. Esto implica que
como Comunidades Educativas aportemos en la definición de políticas que
propendan por superar, entre otras cosas, la situación actual del campo
colombiano, y por proteger el ambiente y la naturaleza. Por otra parte,
requiere una nueva política fiscal que coloque como salvaguarda estratégica del
Estado, al bienestar social de la población antes que el financiamiento de la
guerra y el pago de la deuda externa. Sólo así, podremos cerrar la gran brecha
de desigualdad y promover la soberanía, la democracia y la paz como estandartes
de nuestro proyecto nacional.
6. LA EDUCACIÓN SUPERIOR QUE QUEREMOS
6.1. CARÁCTER DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Los sectores sociales, democráticos y
populares entendemos que los elementos que se explican y desarrollan a
continuación deberán conformar una Educación Superior para un país que sea
UNIVERSAL Y POPULAR
La Educación Superior es universal y
popular, por lo que se debe garantizar la equidad en el acceso, permanencia,
disfrute y goce de la misma; es decir, quien quiera acceder y permanecer en la
Educación Superior debe poder hacerlo sin importar su condición étnica, social,
económica, cultural y política. La Educación Superior es, así mismo, portadora
de un proyecto de país en un sentido político, académico, económico y cultural,
razón por la que está en función de las necesidades e intereses nacionales y
populares colombianos.
DEMOCRÁTICA
El sistema de Educación Superior se
construye a partir de criterios democráticos de discusión colectiva en los
procesos de elaboración, creación, desarrollo, transmisión y aplicación de sus
contenidos y conocimientos. Éstos se obtienen a través del diálogo entre
estudiantes y docentes, potenciando así las capacidades de transformación y
creación de los individuos y las comunidades; es decir, procurando la formación
de sujetos emancipadores y críticos. Teniendo en cuenta lo anterior, el sistema
de Educación Superior debe estar en función de la construcción de condiciones
para el buen vivir o la vida digna, entendida ésta integralmente
en sus dimensiones productiva, cultural, histórica y política; asimismo, debe
reconocer el conjunto de los saberes y formas de crear y transmitir el conocimiento.
Las Instituciones de Educación Superior se
caracterizan por ser centros académicos de debate y lucha de ideas, es decir,
escenarios donde convergen multiplicidad de saberes, posiciones académicas y
políticas y fuerzas sociales que discuten, se confrontan, se contraponen y
construyen en el marco del diálogo, la libertad de pensamiento y la democracia.
Este ejercicio crítico y democrático hace de la Educación Superior uno de los
pilares fundamentales de la conciencia crítica de la sociedad colombiana en
tanto aporta al conocimiento, reconocimiento y caracterización de los problemas
del país y a la solución de los mismos al oponerse a cualquier forma de discriminación y opresión
económica, política, étnica, religiosa o de género, y responder a la diversidad
étnica y cultural de Colombia.
La Educación Superior se constituye, de
esta manera, en forjadora de un proyecto académico, político, social, cultural
y económico de país en la medida en que las Instituciones de Educación Superior
que componen el sistema se asuman como escenarios académicos, sociales y
culturales que aportan a la construcción de un país con soberanía, democracia y
paz.
DERECHO FUNDAMENTAL
La Educación Superior, articulada
orgánicamente al sistema educativo (grado 0, básica primaria, básica
secundaria, media, entre otras), es un Derecho Fundamental de la sociedad
colombiana, respecto al cual el Estado debe cumplir el papel de garante del
acceso, la permanencia y el desarrollo integral de todas y cada una de las
personas que decidan hacer parte del Sistema de Educación Superior. El
conocimiento que se genere al interior de las IES en el desarrollo de sus
funciones misionales (docencia, proyección social e investigación) no puede ser
utilizado de manera privativa ni puede ser transable como mercancía o como
servicio; así mismo, no es un negocio ni puede ser incluido en ningún tipo de
acuerdo comercial que tenga vigencia o se postule en el futuro. La Educación
Superior es, asimismo, un derecho pluridimensional
en tanto es condición necesaria para el goce efectivo de otros derechos
sociales y políticos. La Educación Superior es, por tanto, un Derecho
Fundamental de todos y cada uno de las y los colombianos por cuanto es una
herramienta que permite avanzar hacia la equidad social y el desarrollo
colectivo del país; esto implica que es una condición necesaria para
desarrollar las capacidades tanto colectivas como individuales que dignifican
la razón misma del ser humano partiendo de la posibilidad de realizar su
vocación como ser social.
BIEN COMÚN
La Educación
Superior es, igualmente, un Bien Común
que propende por el desarrollo de las múltiples dimensiones del bienestar de
las y los colombianos, siendo por ello un beneficio colectivo y de disfrute
para toda la sociedad. La apropiación de este Bien Común es un proceso social
que nos invita a darle sentido a la noción de lo público reafirmando un proyecto público
de Educación Superior que aporte a la construcción de una nación en la que el
conocimiento y la educación sean entendidas como un beneficio colectivo y
universal. Un Bien Común debe responder, por tanto, a un proceso de
democratización, es decir, los rumbos de la Educación Superior deben ser
definidos desde la participación de los sujetos, individuos, colectivos,
procesos organizados, expresiones culturales y, en general, del conjunto de las
IES y de la población colombiana puesto que la educación como derecho es
producto de las luchas sociales, democráticas, populares y culturales de construcción y defensa colectiva. El conocimiento que se
genere al interior de las IES en el desarrollo de sus funciones misionales
(docencia, proyección social e investigación) no puede ser utilizado, por
consiguiente, de manera privativa ni puede ser transable como mercancía o como
servicio; así mismo, no es un negocio ni puede ser incluido en ningún tipo de
acuerdo comercial que tenga vigencia o se postule en el futuro.
PLURAL Y CRÍTICA
Entendiendo que
el conocimiento se construye en el marco de un lugar y un momento histórico, lo
crítico es entendido como una acción
que cuestiona lo preestablecido impulsando la superación de los problemas de la
humanidad, el conocimiento y la sociedad para dignificar la vida. Esta acción
se realiza a través de procesos respetuosos con la naturaleza y el entorno social,
implicando así una interpretación dinámica de la realidad desde la pluralidad
de orígenes étnicos, culturas, saberes y disciplinas. Todo lo anterior, debe
entenderse en el marco del desarrollo de las funciones misionales de las IES y
de la autonomía propia de la Educación Superior.
6.2. SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
OBSERVACIÓN: En este apartado, es importante precisar qué son las IES y realizar una caracterización de cada una
de ellas; asimismo, es necesario definir qué tipo de sistema es el Sistema de
Educación Superior que proponemos y cómo se diferencia de los otros niveles de
la educación (grado 0, básica primaria, básica secundaria, media, entre otros).
La
transformación del modelo educativo colombiano está encaminada a crear un
Sistema de Educación Superior en el que confluyan, bajo parámetros democráticos
y en el marco de la autonomía, el conjunto de Instituciones de Educación
Superior (IES), reconociendo las necesidades y potencialidades de las dinámicas
locales y regionales de cada una de ellas, para consolidar así una red de IES
que permita la construcción y difusión del conocimiento como un Bien Común de las y los colombianos. El
Sistema de Educación Superior debe ser, así mismo, diverso, pluriétnico,
pluricultural y crítico, haciendo posible desde el reconocimiento de la diversidad de saberes y prácticas, la
construcción de una sociedad plural, democrática, creativa y transformadora.
Entender la
Educación Superior como un Sistema supone, por último, afirmar que, en un
mediano y largo plazo, deberá consolidarse una articulación orgánica entre los
distintos niveles de educación (grado 0, básica primaria, básica secundaria,
media, entre otros) basada en los mismos principios sobre los cuales hoy
estamos fundamentando la Educación Superior para el país.
6.2.1.
ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA QUE REQUIERE EL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Si bien el
Sistema de Educación Superior está formado por diversos tipos de Instituciones,
programas y modalidades educativas, éste tiene un eje articulador que es la
Educación Pública Estatal, sobre el cual las demás Instituciones realizan
contribuciones significativas al logro de los propósitos comunes. La construcción de dicho sistema implica:
s Construir subsistemas regionales de Educación Superior teniendo en
cuenta las especificidades de cada región del país.
s Generar procesos de articulación entre las diferentes IES que permitan
la construcción de una red nacional de IES.
s Avanzar hacia la construcción de un Sistema General de Educación que
permita la articulación coherente y democrática de sus diferentes niveles.
s Avanzar hacia la democratización del acceso al posgrado. Para esto, se
requiere que el Estado garantice el acceso, la financiación y la permanencia en
el mismo.
s Fortalecer las universidades regionales y sus proyectos académicos.
s Consolidar y
fortalecer redes de construcción de conocimiento fundamentándose en el
desarrollo de grupos de investigación y de conocimiento con perspectiva social
y con la premisa de constituir el más amplio proyecto de producción científica
nacional y de difusión cultural.
s Impulsar y
desarrollar las distintas esferas del saber, ciencia, tecnología y técnica,
arte y humanidades en el conjunto del territorio nacional para fortalecer la
proyección social de la Educación Superior y el conjunto de sus funciones
misionales.
Colombia debe avanzar hacia la construcción
de un sistema estatal de Educación Superior de modo tal que pueda revertir la
tendencia negativa entre instituciones privadas y públicas y, de este modo,
posibilite el reposicionamiento de las instituciones públicas de Educación
Superior en el ámbito nacional e internacional aumentando significativamente su
participación en la matrícula total, la producción científica, el diseño de
políticas para la educación y la definición del proyecto de nación en Colombia.
La apuesta de nación y país que queremos
asume que la dimensión de lo público como espacio colectivo garante de los
derechos individuales y colectivos es una obligación primordial del Estado. El
carácter público de la Educación Superior, por tanto, no se restringe
exclusivamente a la financiación estatal de la educación, aunque esto sea
imprescindible, sino que apunta a que el eje de la política pública de
Educación Superior, en tanto aporte educativo al proyecto de nación, se
estructure sobre el sector público de la Educación Superior cada vez más
fortalecido y dinámico. En este marco, el acceso a las IES privadas como parte
del sistema de Educación Superior debe ser una elección libre y no una
necesidad condicionada por los problemas de inequidad del Sistema reflejados en
las falencias de cobertura y acceso a las IES estatales. En ese sentido, dichas
IES deben ser reguladas por el Estado, propendiendo por la disminución de los
costos de matrícula y la democratización en la participación libre de los
estamentos educativos, asumiéndose así la función propia de las IES para
cumplir los propósitos de la Educación Superior.
Por otra parte,
es imperante que en el marco de un nuevo modelo de Educación Superior que
reconozca y responda a la diversidad étnica y cultural del país, se constituyan
dos tipos de Instituciones de Educación Superior que permitan rescatar dentro
del sistema educativo los conocimientos étnicos, culturales y ancestrales pero
respetando el principio de autonomía de las IES. En primer lugar, se deben
fortalecer, crear y financiar adecuadamente las Universidades Étnicas de los
pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, palenqueros y raizales en tanto son
reivindicaciones institucionales de los grupos étnicos, concebidas epistemológicamente
desde los sistemas de conocimiento propio y desde la educación propia; las
Universidades Étnicas serán de carácter público y especial, mas quedarán
abiertas a un diálogo intercultural. En segundo lugar, las Instituciones de
Educación Superior convencionales deben constituirse como Instituciones de
Educación Superior Interculturales, respetando la autonomía de las IES para
implementar dicho carácter intercultural.
6.3. PRINCIPIOS RECTORES
Se entienden como principios, las ideas
sobre las cuales se fundamenta el Sistema de Educación Superior. Son principios
de la Educación Superior:
AUTONOMÍA
La autonomía es transversal al sistema de Educación Superior en tanto se
convierte en un eje rector del conjunto de Instituciones de Educación Superior
que componen dicho sistema. Ahora bien, teniendo en cuenta que cogobierno y
democracia son consustanciales a la autonomía, dichos aspectos se convierten en
elementos esenciales que se hacen presentes en todas y cada una de tales
Instituciones. En este sentido, la aplicabilidad de este aspecto en cada una de
las Instituciones tiene matices dadas sus particularidades.
Democracia y Cogobierno: es la participación activa
y decisoria de la Comunidad Educativa para definir el rumbo de las
Instituciones en todos sus aspectos a través del ejercicio democrático al
interior de las IES en todos sus niveles. Los espacios de gobierno de las
Instituciones públicas deben ser colegiados y estar compuestos por los miembros
de la Comunidad Educativa.
Financiación estatal de la educación: garantiza la autonomía
efectiva de la Educación Pública Estatal, apartándola de los intereses
económicos asociados a la asignación de recursos.
Libertad de cátedra: en el ejercicio formativo
al interior de las IES, existirá la libertad de expresar y desarrollar
diferentes enfoques teóricos, metodológicos, pedagógicos así como
planteamientos políticos respecto a cualquier área del conocimiento, los
problemas de la sociedad y las posibles salidas a los mismos.
Libertad de aprendizaje: tiene como premisa del
proceso formativo, la participación activa de los estudiantes con una
responsabilidad crítica frente a su proceso de formación académica con
criterios para disentir de la opinión de
sus docentes y para escoger las formas de adquisición del conocimiento.
Libertad de asistencia: relacionada estrechamente
con la libertad de aprendizaje, debe permitir que el estudiante opte por otras
formas de adquisición del conocimiento. La asistencia a clases puede hacer
parte o no de dichas formas.
Libertad de investigación: en las IES, el criterio fundamental
para la definición del qué y cómo se investiga no debe ser el lucro que
pueda obtenerse, sino el aporte en los campos de la ciencia, la tecnología, las
artes y la cultura orientado hacia la satisfacción de los intereses nacionales
y populares.
Libertad de expresión organización y
movilización: son condiciones mínimas para que las IES sean un centro de debate y
lucha de ideas.
Autonomía del campus: las IES son un escenario
de lucha de ideas, por tanto, la presencia de la fuerza pública para
militarizar la Institución no tendrá lugar ni consentimiento por parte de
ningún funcionario estatal o educativo. Los conflictos al interior de las IES
deben ser resueltos mediante el debate entre los estudiantes, los docentes, los
trabajadores y las directivas. El Estado debe garantizar, por tanto, que ningún
conflicto que surja de la dinámica de las Instituciones de Educación Superior
sea solucionado por medio de la fuerza pública.
BIENESTAR
GRATUIDAD
Afirmar que la educación es un Derecho Fundamental y un Bien Común
implica que el Estado colombiano debe asumir la total responsabilidad de la
financiación del Sistema de Educación Superior Estatal, favoreciendo el
subsidio a la oferta y no el subsidio a la demanda, para fortalecer así la
Educación Superior Pública Estatal, propendiendo porque en el mediano plazo
ésta sea gratuita y universal en su totalidad. La Educación Superior como
Derecho Fundamental deberá ser, por tanto, gratuita en las Instituciones del
Estado.
DIGNIDAD EDUCATIVA
La educación digna es una educación para
la vida, critica, universal, autónoma y no confesional, en la que prima el Ser sobre el Tener, y es contraria a las lógicas mercantiles; primando, en su
lugar, una formación integral, crítica y humanística en todos los niveles
educativos que se separa de los indicadores de gestión y los diversos
mecanismos de homogenización y estandarización del conocimiento. Ésta Permite
que se agrupen y entren en diálogo los distintos conocimientos y saberes
existentes.
PLURALIDAD
La construcción
de un nuevo modelo educativo implica la necesidad de pensar una Educación
Superior que reconozca y responda a la diversidad étnica y cultural del país,
posibilitando así un diálogo entre saberes de carácter intra e intercultural en
el ámbito educativo.
6.4. FUNCIONES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
6.4.1.
EDUCACIÓN SUPERIOR Y
CONOCIMIENTO
Partimos de entender el conocimiento desde
una concepción amplia que reconoce la validez de diversos tipos de saberes no
necesariamente inscritos en la lógica epistemológica de la ciencia occidental.
El conocimiento es, por ende, un Bien Común no homogenizante que se construye a
partir del diálogo constante entre el saber universal y las condiciones del
contexto donde se crea.
El papel del conocimiento, la forma en la
que éste se construye y sus fines no deben ser definidos con base en el paradigma de la utilidad que únicamente
considera válidos los conocimientos a partir de los cuales se obtiene un
producto concreto que debe ser así mismo considerado útil. El mencionado paradigma ha servido de base a las nociones de pertinencia en su acepción neoliberal
puesto que es el mercado quien termina definiendo lo que es y lo que no es útil, y a las formas predominantes de
asignación presupuestal decreciente para la educación debido a que pretende
equiparar las lógicas a través de las cuales se construye conocimiento con las
lógicas empresariales a través de las cuales se producen mercancías, no
obstante éstas sean completamente distintas e, incluso, contrarias: mientras la
naturaleza del conocimiento y su valor formativo reside en su posibilidad de
generar campos de conocimiento e investigación cuyos resultados no son
necesariamente inacabados sino que pueden ser repensados y replanteados de
manera continua dando paso a diversos y nuevos campos de su misma creación, la
dinámica mercantil se desarrolla en una vía totalmente contraria, pues en ésta,
la relación entre la producción y los costos es inversamente proporcional, es
decir, a mayor producción se esperan menores costos.
Es necesario, por tanto, que la Educación
Superior y el país promuevan, incluyan y valoren igualmente el conocimiento
obtenido a través de la investigación científica, los saberes étnicos y
culturales, prácticos y empíricos, y aquellos integrados en el campo de las
artes. En este sentido, sobre la base de
la interculturalidad y la diversidad propia y característica del país, deberán
contemplarse las condiciones históricas, étnicas, culturales, sociales y
materiales que configuran el contexto general colombiano, encaminándose hacia
la construcción de una educación integral y humanista en todos sus niveles y
aportando a la solución de las problemáticas más sentidas de la sociedad
colombiana. La educación en su conjunto deberá, por tanto, formar a las y los
estudiantes de manera integral, articulando los saberes teóricos y prácticos,
para lograr así un diálogo entre diferentes formas de construcción de
conocimiento.
Cada área del conocimiento y sus procesos
formativos deben estar claramente definidos ,estableciendo especificidades y
límites entre los diferentes niveles de formación (educación técnica,
tecnológica y profesional)[6],
para así construir y potenciar nuevos modelos pedagógicos y epistemológicos a
través de la promoción del diálogo tanto interdisciplinar y transdisciplinar
como entre las distintas formas de conocimiento étnico, artístico, científico y
humanístico.
El papel del conocimiento es, entonces, la
transformación de la realidad social, el sujeto y su entorno de manera tal que
se relacionen las perspectivas universales y las condiciones étnicas,
culturales, sociales y materiales del contexto en que éste se construye. La
educación tiene un horizonte crítico, humanístico que la encaminará hacia el
cumplimiento de los fines misionales de las IES y la satisfacción de los
intereses nacionales y populares, y asimismo aportará a la democratización
plena de la sociedad colombiana de manera que el país logre superar sus
actuales condiciones de exclusión, desigualdad, marginalización y conflicto
interno.
6.4.2.
FUNCIONES MISIONALES
El papel del conocimiento en la sociedad,
transformarse a la vez que transforma la realidad social al aportar soluciones
a los problemas sociales, se concreta a partir del ejercicio de la
investigación, la proyección social y la docencia. Sin embargo, a lo largo de
las últimas décadas, la relación de la Educación Superior con la sociedad se ha
ido restringiendo cada vez más a atender y solucionar de manera acrítica los
problemas del sector privado, reduciéndola así a una relación con uno solo de
los actores sociales: la empresa privada.
Esta reforma democrática y popular para la
Educación Superior en Colombia entiende que la docencia, la investigación y la
proyección social son esenciales para la consolidación de los sistemas
educativos como medios para la creación y difusión del conocimiento e,
igualmente, son actores fundamentales en el propósito de priorizar la
satisfacción de los intereses nacionales y populares, entre los que se
incluyen: el avance de las fuerzas productivas tanto sociales como materiales,
de las ideas, las costumbres y las tradiciones, el imaginario colectivo, las
teorías, la cosmovisión, la ciencia, el arte, la técnica y la cultura.
DOCENCIA
La docencia deberá integrar la
transmisión, creación y construcción del conocimiento, promover las
potencialidades del sujeto a partir de un diálogo activo entre el docente y el
estudiante, y velar por la formación de sujetos comprometidos con la defensa de
los bienes comunes de la nación y que valoren la libertad de pensamiento, la
investigación científica y los saberes artísticos, humanísticos, étnicos,
culturales y prácticos.
En un contexto en el que prima la
tercerización y la sobrecarga laboral, el aumento de la relación numérica entre
docentes y estudiantes, y la violación constante a la libertad de cátedra, es
imperante reivindicar la necesidad de dignificar la labor docente. Las y los
docentes deben tener condiciones de contratación que les permitan cumplir de la
mejor manera su misión investigativa y de formación. Debe garantizarse,
asimismo, la formación en pedagogía que reciben la y los docentes e integrar al
ejercicio docente otros tipos de saberes como los étnicos, artísticos y
prácticos que no necesariamente se validan a través de un título.
INVESTIGACIÓN
La investigación es el proceso riguroso y
sistemático de construcción e innovación en los campos científico, técnico,
tecnológico, artístico, filosófico, humanístico y de los saberes propios en el
cual intervienen diversos actores, metodologías, conceptos y tecnologías como
herramientas para la creación, reproducción y divulgación del pensamiento,
validado por las comunidades educativas, y apropiado y retroalimentado por las
comunidades destinatarias y participantes del proceso.
Es preciso impulsar la investigación como
herramienta para el dialogo entre saberes y disciplinas, y para el desarrollo
del pensamiento crítico, autónomo, creativo y propositivo que contribuya a la
solución de problemas científicos, sociales y culturales, a la transformación y
emancipación de los pueblos, y al desarrollo e innovación en la ciencia, la
tecnología, el arte y la cultura.
La investigación es inherente a la
educación y debe estar presente en todos sus niveles. Los resultados
investigativos de las IES deben ser entendidos como un Bien Común y, en ese
sentido, la sociedad y la Comunidad Educativa podrán hacer uso de estos bajo la
forma de Licencias libres.
La investigación debe ser consecuente con
el principio de autonomía y, por tanto, serán las Comunidades Educativas
quienes definan las agendas de investigación, ramas, líneas y la forma cómo y
con quien se investiga. A partir de dichas agendas deberá construirse una
política nacional investigativa, financiada ampliamente por el Estado
colombiano.
PROYECCIÓN
SOCIAL (EXTENSIÓN)
Desde la perspectiva de una relación
necesaria entre la IES y su contexto inmediato, deben construirse políticas,
programas y acciones académicas y pedagógicas de proyección social. Esto
implica potenciar las múltiples y complejas relaciones que establecen las IES
tanto con el contexto ambiental, técnico, social y cultural en el que se
desenvuelven como con los múltiples actores con los que interactúan, teniendo
en cuenta sus condiciones de vida y la situación regional, y estableciendo
relaciones dinámicas y recíprocas orientadas a la satisfacción de los intereses
nacionales y populares.
La proyección social o extensión se podrá
llevar a cabo con los sectores productivos, sociales, populares, democráticos y
étnicos, siempre y cuando esta decisión sea fruto de la autonomía y no de la
necesidad de obtención de recursos, es decir, que ésta no puede ser un medio
para resolver el problema financiero de la Educación Superior y tampoco puede
ser monopolizado por los sectores productivos. Para ello, es necesario que cada
IES, basándose en su autonomía, establezca criterios que reglamenten de manera
clara y concreta los mecanismos a través de los cuales se relacionará con el
sector productivo. Los recursos que se recauden por ésta vía serán destinados
autónomamente por parte de las IES haciendo uso obligatorio del mecanismo de veeduría
de la Comunidad Educativa.
Las IES tienen tres funciones
fundamentales que las diferencian de otras instituciones de la sociedad y que,
por ende, las alejan de la dinámica de gestión empresarial en la que se les ha
querido inscribir:
s Rescatar, preservar
y difundir la cultura a través de procesos de construcción colectiva de memoria
y conocimiento.
s Promover y
encaminar a las nuevas generaciones en su formación en las diferentes áreas del
conocimiento al servicio de la búsqueda de soluciones para los problemas de la
sociedad y sus comunidades;
s Fomentar la
construcción de una postura crítica que involucrando directamente a la
investigación debe trascender la concepción mercantil de la “Innovación &
Desarrollo”.
Para concluir, es necesario reafirmar que el cumplimiento de las
funciones misionales de la Educación Superior supone el cumplimiento y
materialización del carácter y los principios ya enunciados al inicio de la
presente Exposición de Motivos.
7. MARCO FINANCIERO SOBRE EL QUE SE SOPORTA NUESTRA PROPUESTA
La educación
superior al ser un bien común y un derecho fundamental debe ser universal, y el
mejor medio para alcanzar dicha universalidad es la gratuidad y la democratización
del acceso en todo el Sistema de Educación Superior. En este marco, desarrollar un esquema de financiación para la
Educación Superior tiene dimensiones y consecuencias tanto políticas como
económicas precisadas a continuación. Por un lado, es necesario exigir al
Estado colombiano que asuma la total responsabilidad de la financiación de la
educación superior estatal; por otro lado, el esquema de financiación debe
favorecer ampliamente el subsidio a la oferta y no el subsidio a la demanda
para fortalecer así la educación superior estatal, propendiendo porque en el
mediano plazo la educación superior sea gratuita en su totalidad y de acceso
universal.
Del mismo
modo, es fundamental que toda propuesta de financiación para la educación
Superior tenga en cuenta el carácter creciente de sus costos totales con el fin
de que ésta sea financiada de la forma más adecuada y con recursos del Estado.
Esta consideración está sustentada en la naturaleza del conocimiento, su valor
formativo y su dinámica de producción, creación y transmisión: El conocimiento
tiene una naturaleza dinámica muy particular, que actúa de forma diferente a la
producción de mercancías con fines lucrativos, pues su creación y transmisión
tienen la posibilidad de generar campos de conocimiento e investigación cuyos
resultados no necesariamente son inacabados, sino que pueden ser repensados y
redescritos dando paso a diversos y nuevos campos de su misma creación, y es
allí donde reside, precisamente, su valor formativo, en su inagotable creación
y en la posibilidad de recrearse y reproducirse de manera inacabada.
Con esta
dinámica, el conocimiento supera el paradigma de la utilidad y la ganancia,
pues lo que de ella surge no necesariamente debe producir un usufructo
económico o lucrativo.
Y es también
por esta dinámica de creación inacabada e inagotable que el buen curso de la
Educación Superior, en el desarrollo de sus funciones misionales y académicas,
demanda cada vez más recursos, pues a mayores y más altos grados cualitativos y
cuantitativos de creación de conocimiento e investigación, se requieren mayores
recursos para su realización sin tener en cuenta las posibles ganancias que esa
pueda generar o los gastos que ésta pueda ocasionar.
Ahora bien,
esta dinámica no debe confundirse con la dilapidación o el mal uso de los
recursos que se destinan para financiar la Educación, antes bien, entendiendo
que la Educación Superior –y la educación en general– tiene una función social,
la total financiación de la misma, junto a una veeduría realizada por las IES,
el Estado y la sociedad, deben propender porque los recursos destinados a tal
fin contribuyan al cumplimiento de la responsabilidad que la Educación Superior
tiene con la sociedad en la que se desenvuelve.
7.1. ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA DE FINANCIACIÓN
La premisa
sobre la que se basa el modelo de financiación es el fortalecimiento de la
educación superior estatal, y un primer paso para lograr este fortalecimiento
es que las políticas de financiación de la Educación Superior estén exentas de
la aplicación del régimen de sostenibilidad fiscal. Aquí es preciso resaltar que
la viabilidad de la propuesta financiera para la Educación Superior será
posible siempre y cuando exista voluntad política del Estado para priorizarla
dentro del gasto nacional, pues en términos económicos, el país tiene recursos
suficientes para destinar al buen funcionamiento del Sistema de Educación
Superior subsidiando la oferta, si parte, precisamente, de reevaluar sus
prioridades fiscales. Sobre esta base es preciso abrir un escenario nacional de
debate político que haga explícitas las prioridades fiscales del Estado y que
muestre cuáles son los destinos finales de la recaudación tributaria, quiénes
son los principales contribuyentes, y quiénes gozan de mayores privilegios en
materia de obligaciones fiscales, dejando claro cuál es el papel que tiene la
educación en la distribución del presupuesto nacional.
En este
marco, la estructura tributaria de Colombia –en términos del ingreso nacional–
se basa en dos tipos de impuestos: impuestos a la renta o al ingreso
denominados impuestos directos, e impuestos al consumo denominados impuestos
indirectos. Tal distribución ha evidenciado una gran desigualdad tributaria
reflejada en un régimen fiscal supremamente regresivo, ya que mientras quienes
tienen altas rentas gozan de grandes beneficios tributarios y terminan por no
aportar significativamente en el recaudo nacional, la inmensa mayoría de los
colombianos, muchos de los cuales se encuentran en condiciones de pobreza,
destinan gran parte de sus ingresos a impuestos al consumo.
Ahora bien, dado que la política presupuestal
es una tarea del Estado y su ejercicio debe procurar contrarrestar los niveles
de desigualdad anteriormente señalados, una propuesta de financiación para la
Educación Superior debe responder a dos principios fundamentales que permitan
el cumplimiento de tal objetivo; estos principios son:
- Carácter redistributivo de la riqueza: Que implica avanzar hacia la eliminación de la inequidad y la
concentración de la riqueza en procura de una nueva concepción y modelo de
país.
- Redistribución del gasto público: Que implica la redistribución del presupuesto nacional acorde a las
necesidades y prioridades de la población colombiana en general
consignadas como derechos sociales. Lo anterior supone la disminución del
alto rubro en el gasto destinado para el pago de la deuda pública, la
eliminación de las exenciones tributarias a las trasnacionales y la
reducción del gasto en guerra.
7.2. POSIBLES FUENTES DE FINANCIACIÓN
Como primera
medida para solventar la crisis presupuestal de la Educación Superior y poder
avanzar hacia su financiación adecuada, es preciso recalcar que el Estado debe
comprometerse a pagar la deuda histórica que tiene con las IES públicas. Esta
deuda, originada por el aumento de gastos debido a las reformas definidas por
el gobierno en las últimas dos décadas que implicaron el aumento en gastos como
planta docente, infraestructura física y
tecnológica, debe suplirse teniendo en cuenta que los gastos que la crearon no
son tenidos en cuenta en el esquema de financiación consignado en el artículo
86 de la Ley 30 de 1992 que actualmente rige el sistema financiero de la
Educación Superior y que ha convertido esta deuda en un déficit estructural del
Estado con la Educación Superior que debe ser subsanado por el mismo.
Así mismo, en
el marco de la reevaluación de las prioridades fiscales sobre las que se
distribuye en presupuesto nacional, las fuentes de financiación para la
Educación Superior parten del análisis de los elementos que generan mayores
gastos para el país; entre ellos, los que requieren una mayor evaluación con
miras a reducir estos rubros y destinarlos a la Educación Superior son:
s La deuda
pública y los intereses que ha generado, pues ésta se constituye en el
principal lastre de los colombianos al dedicarse cerca del 25% del gasto público
para pagar esta deuda ilegítima, y someter así a la Nación a las exigencias de
los intereses de los organismos multilaterales de crédito como el Banco Mundial
y el Fondo Monetario Internacional.
s El presupuesto
en defensa y seguridad, que representa el segundo mayor gasto de la Nación (23
billones de pesos para el 2012) priorizándose frente al resto de los rubros
presupuestales. En particular, este gasto constituye un rubro excesivo para la
guerra que bien podría ser destinado para la garantía de los derechos sociales,
económicos, políticos y culturales de la población colombiana.
Por otro lado,
se debe tener claro que los recursos que se destinen a la Educación Superior no
deben ser producto de la creación de impuestos directos al consumo o, en otras
palabras, no deben ser producto de nuevos impuestos para la ciudadanía, sino
que deben ser generados por impuestos a la renta, al capital y/o al patrimonio,
ya que el aporte particular o privado a la educación pública debe basarse ante
todo en el pago de impuestos y no en el gasto de las familias. De esta forma,
se hace indispensable que tanto el sector financiero como otros sectores que no
contribuyen de manera significativa, paguen impuestos para transformar la
actual desigualdad fiscal y a partir de allí contemplar la asignación de este
recaudo para la financiación de la Educación Superior. Dentro de estos posibles
aportes, las fuentes pueden evaluarse sobre la base de:
s La revisión de
los contratos de estabilidad jurídica en zonas francas, que en los términos en
los que están planteados actualmente sólo benefician a unos cuantos empresarios
extranjeros.
s La eliminación
de las exenciones tributarias a multinacionales del sector minero y financiero,
pues estas se basan en la política de la confianza inversionista que le
garantiza el máximo beneficio con el mínimo riesgo al capital financiero
trasnacional.
s El
mantenimiento de la integralidad de recursos parafiscales para la financiación (recolección e inversión) de
las Instituciones de régimen especial como el SENA y la ESAP, sin exenciones de
ningún tipo a las empresas.
7.3. CRITERIOS PARA EL MANEJO DE LOS RECURSOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
El punto de partida para el avance de la
total financiación Estatal de la Educación Superior, es que tanto los aportes
destinados a este propósito sean netamente públicos, como que los recursos
recurrentes de las IES estatales sean inyectados directamente a sus bases
presupuestales y sean destinados no sólo para los gastos de funcionamiento e
infraestructura sino también para los de inversión; además, en el caso de las
IES privadas, que éstas no tengan ánimo de lucro por ningún motivo.
En el mismo sentido, los aportes
adicionales recibidos por las IES deben llegar directamente a las Instituciones
Educativas sin pasar por entidades o institutos intermediarios, propendiendo
por la generación de una
descentralización en el manejo de los recursos en lo que refiere a las IES
regionales y a las Sedes. En este orden de ideas, deberá existir administración,
asignación y distribución autónoma del presupuesto público para las IES que
esté acorde con todas las formas de educación, incluidas las necesidades
educativas especiales, además de los espacios de veedurías del manejo de estos
recursos en los que las comunidades educativas, el Estado y la sociedad
participen conjuntamente.
Por otro lado, es preciso redefinir el
papel del ICETEX en el desarrollo de la Educación Superior, teniendo en cuenta
que esta entidad no debe ser un órgano fundamental para el buen funcionamiento
del Sistema de Educación Superior, sino que debe cumplir un papel secundario en
el esquema de subsidio a la oferta y no a la demanda. Por este motivo, el
presupuesto del ICETEX será otorgado exclusivamente por el Estado y regulado
directamente por el gobierno nacional, entendiendo esta entidad con una naturaleza sin ánimo de
lucro y tomando medidas para la condonación de los préstamos actuales, la
suspensión de los procesos de cobro jurídicos que se estén llevando a cabo, así
como la priorización de las becas y los subsidios sobre los créditos
estudiantiles.
7.4. MEDIDAS GENERALES PARA EL TRANSITO HACIA LA GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Ahora bien,
teniendo en cuenta que nuestra propuesta se enmarca en el fortalecimiento de la
educación superior estatal para el desarrollo colectivo del país y en la
dignificación de la vida del estudiante, la gratuidad de la Educación Superior
Estatal se materializará a partir del no pago de las matrículas por los y las
estudiantes –la llamada matrícula cero–, garantías de acceso y permanencia,
inversión para la dignidad educativa y democratización de todos los niveles de
la Educación Superior. En este sentido y partiendo de los grandes índices de inequidad y
exclusión del modelo educativo actual en todos sus niveles, se hace precisa la
realización de políticas de acceso diferenciado de los sectores más
vulnerados de la sociedad
colombiana a la Educación Superior
pública, pensando que a mediano plazo debe haber
una reestructuración del sistema de educación en general (Grado O, primaria, secundaria
y superior) en términos de calidad y acceso.
Como un
siguiente paso para avanzar hacia la gratuidad es fundamental un análisis del
valor de las matrículas de las IES privadas junto a los demás ingresos y costos
relacionados con el funcionamiento total de las mismas, con el fin de ajustar
los costos de acceso y permanencia a estas instituciones a la capacidad de pago
de los estudiantes y así evitar el endeudamiento de las familias. Aquí se
ratifica que el acceso a las IES privadas debe ser un mecanismo optativo para
quienes así lo decidan, aclarando que la presente propuesta hace hincapié en la
necesidad de crear nuevas IES públicas, principalmente universidades, que
respondan a la demanda insatisfecha de acceso y cobertura.
8. MARCO JURÍDICO-CONSTITUCIONAL DE LA PROPUESTA
En la teoría del derecho constitucional moderno se ha establecido que
las normas tienen una jerarquía, por tanto, existen unas que son consideradas
superiores y en consecuencia, unas inferiores que no pueden ir en contravía de
una superior nunca. En Colombia, la actual Constitución Política promulgada en
1991 se ha establecido como “norma de normas” (Artículo 4), es decir, la Carta
Política tiene un nivel de superioridad con respecto a cualquier norma que se
promulgue en el Estado colombiano. Por esta razón, una nueva ley de Educación
Superior no puede oponerse al texto constitucional del 91, mas si puede derogar
cualquier ley ordinaria que le sea contraria, como la ley 30 en su conjunto o
apartes de otras leyes de educación y afines, pero respetando el principio de
unidad de materia de las leyes (Articulo 158).
Por otra parte, la doctrina constitucional ha establecido que no
solamente el articulado que la compone hace parte de la Constitución, sino que
existen una serie de normas escritas y no escritas por fuera de ella que tienen
su mismo nivel; por consiguiente, tanto éstas como el articulado de la Carta
conforman lo que la doctrina y la Corte Constitucional han denominado “Bloque
de constitucionalidad”. Dicho bloque está compuesto por elementos de derecho
interno e internacional que de ser contrariados conllevarían a una modificación
de la Constitución Política. Entre éstos, se encuentran los distintos tratados
ratificados por Colombia en materia de derechos humanos y la doctrina de los
órganos de control internacional sobre derechos humanos, entre otros[7].
Algunos textos constitucionales como el colombiano suelen contener una
larga lista de derechos que, muchas veces, no son desarrollados allí, sino que
para hacerlo se requiere la elaboración de políticas públicas frente a lo cual,
las fuerzas vivas del país tienen una importante responsabilidad política. Para
el caso colombiano, la educación aparece consagrada como un derecho en el
artículo 67 de la Carta Política[8];
el mismo documento hace referencia
reiteradamente al papel estatal en su promoción[9]
de manera progresiva[10].
La consagración constitucional del derecho a la educación no se agota en
los mencionados artículos sino que dentro del Bloque de constitucionalidad
existen otras normas que contienen y han desarrollado este derecho, entre los
que se encuentran diversos pactos, convenios y acuerdos internacionales
ratificados por Colombia. Dichos acuerdos, empero, no han sido plenamente
cumplidos por el Estado; en este sentido, la propuesta de ley de Educación
Superior que le presentamos a la sociedad colombiana significaría la
realización plena del derecho a la Educación Superior consignado en múltiples
obligaciones internacionales suscritas por Colombia, posibilitando así su
garantía tanto como Derecho Fundamental como Bien Común.
8.1. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO DERECHO FUNDAMENTAL
La Constitución Política de Colombia
contiene una parte dogmática en la cual está enunciada una larga lista de
derechos que se clasifican como derechos fundamentales, derechos económicos,
sociales y culturales, y derechos colectivos y del ambiente. No obstante, La
enunciación de los derechos contenidos en el texto pierde fuerza si se le
confronta con la parte económica que es profundamente benévola con el libre
mercado, trayendo esto como consecuencia la insatisfacción de un sinfín de
derechos.
A este respecto, la Corte Constitucional
colombiana ha otorgado una definición de derechos fundamentales que supera la
clasificación que se puede abstraer de la Carta Política y ha señalado que
éstos “son aquellos que se encuentran reconocidos -directa o indirectamente-
en el texto constitucional como derechos subjetivos de aplicación inmediata”[11] y, a su vez, que son “de tal magnitud
para el orden constitucional, que su vigencia no puede depender de decisiones
políticas de los representantes de las mayorías”.[12] Así
mismo, Ha ratificado la importancia de los derechos fundamentales
afirmando que “los derechos obtienen el
calificativo de fundamentales en razón de su naturaleza, esto es, por su
inherencia con respecto al núcleo jurídico, político, social, económico y
cultural del hombre (…) [pues] los
Derechos Fundamentales constituyen las garantías ciudadanas básicas sin las
cuales la supervivencia del ser humano no sería posible”[13], aclarando
con vehemencia que “un derecho es fundamental por reunir estas
características y no por aparecer reconocido en la Constitución Nacional como
tal”.[14]
En consideración de lo anterior, es
necesario que estos derechos sean desarrollados por políticas públicas que los
ubiquen en tal nivel, es decir, que lo entiendan como esencial para dignificar
la vida humana[15] conduciendo así a que su
garantía sea permanente, universal y generalizada, y evitando con ello que su
garantía se busque por mediante la vía judicial.
En el artículo 67 de la Constitución
Política de Colombia, la educación se caracteriza como un derecho y un servicio
público, omitiendo su consagración entre los artículos 11 y 41 donde aparecen
enunciados los derechos fundamentales. Ahora, pese a no aparecer expresamente
en la Carta Política como un Derecho Fundamental, la Corte Constitucional en
reiteradas ocasiones le ha reconocido este carácter. Frente al tema, el juez
constitucional ha señalado que “el hecho de limitar los derechos fundamentales
a aquellos que se encuentran en la Constitución Política bajo el título de los
derechos fundamentales y excluir cualquier otro que ocupe un lugar
distinto, no debe ser considerado como criterio determinante sino auxiliar,
pues él desvirtúa el sentido garantizador que a los mecanismos de protección y
aplicación de los derechos humanos otorgó el constituyente de 1991”[16]. Lo
anterior deja en claro que en el texto constitucional no hay cerrada ninguna
vía para la consideración de la educación como Derecho Fundamental.
En la sentencia T-002 de 1992, la Corte
Constitucional reconoció la educación en su conjunto como Derecho Fundamental.
En dicha sentencia –donde también desarrolló someramente algunos aspectos
respecto a la autonomía universitaria–, la Corte señaló que “siendo la educación un derecho
constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones
para el ejercicio del derecho, […] no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la persona”[17]. En
consideración de lo anterior, ha sido la Corte Constitucional misma quien,
habiendo explicado previamente las implicaciones, le ha otorgado tal carácter a
la Educación Superior.
Dicha sentencia no es, empero, la única
que aborda la educación en tales términos. Tal jurisprudencia ha sido
ampliamente ratificada por la Corte, dejando claro que la educación se entiende
como derecho constitucional fundamental también “en la formación de adultos,
puesto que la educación es inherente y esencial al ser humano, dignificadora de
la persona humana, además de constituir el medio a través del cual se garantiza
el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores
de la cultura”[18]. En
ese mismo sentido, en la sentencia T-465 de 2010, manifestó: “en cuanto al derecho a la educación esta
corporación ha reconocido su fundamentalidad a pesar de no estar
reconocida expresamente en la Constitución, ya que por tratarse de una garantía
esencial e inherente a todas las personas, el derecho a la educación se
configura como un elemento que permite configurar y reconfigurar los medios de
acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los valores de la cultura”.
Dicha corporación ha reconocido la
importancia para el desarrollo individual y social de este derecho, por lo que
en la Sentencia T-202 de 2000 la Corte estableció que “es indudable que el
derecho a la educación pertenece a la categoría de los derechos fundamentales,
pues, su núcleo esencial, comporta un factor de desarrollo individual y social
con cuyo ejercicio se materializa el desarrollo pleno del ser humano en todas
sus potencialidades. Esta Corporación, también ha estimado que este derecho
constituye un medio para que el individuo se integre efectiva y eficazmente a
la sociedad; de allí su especial categoría que lo hace parte de los derechos
esenciales de las personas en la medida en que el conocimiento es inherente a
la naturaleza humana.”. En
consonancia con lo anterior, estableció que “la normativa interna y la jurisprudencia
constitucional, en completa armonía con las normas internacionales sobre
derechos humanos, le han otorgado a la educación el carácter de derecho
fundamental de aplicación inmediata e inherente al ser humano, que le permite a
los individuos acceder a un proceso de formación personal, social y cultural de
carácter permanente, que como tal, tratándose de Educación Superior, se
convierte en una obligación progresiva que debe ser garantizado y
promovido por el Estado, la sociedad y la familia, sin que resulte
admisible aceptar ningún tipo de restricción o desconocimiento que impida su
ejercicio”[19].
8.2. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO BIEN COMÚN
En sentencia
C-830 de 2010, la Corte se refiere al Bien Común como “garantizar la
supremacía del bien común, representado en los objetivos identificados por el
Constituyente como propios de ese interés general”. Si se habla del bien
común, éste deberá ser entendido como “aquel bien que atañe a todos los
miembros de una comunidad política como tal comunidad, o al conjunto de
individuos de un grupo. En un orden justo el bien común no se compone de
la suma de bienes individuales ni se opone a los mismos. El bien común se
asimila así a una concepción de la justicia que desarrolla tanto principios y
derechos como una estructura política básica que coincide con lo que conocemos
por régimen constitucional.”[20]
Dentro del
desarrollo de la educación como Derecho Fundamental y Bien Común cabe
mencionar, finalmente, el “criterio de las 4A”
elaborado por Katarina Tomaševski, exrelatora especial sobre el derecho a la
educación. La autora afirma que la asequibilidad,
accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad son criterios fundamentales para el buen desarrollo de la
educación en todo sus niveles, por lo cual, su aplicación efectiva debe ser
garantizada por el Estado siendo éste el principal detentor de estas
obligaciones[21].
A partir del
texto constitucional y de los desarrollos jurisprudenciales de la Corte
Constitucional arriba señalados, se puede concluir que la educación en Colombia
es un Derecho Fundamental y un Bien Común inherente a la persona y, por ende,
se hacen válidas todas las consecuencias derivables de esta caracterización.
8.3. LA GRATUIDAD Y EL ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR
La viabilidad fiscal de la gratuidad en
materia de Educación Superior ha sido enunciada anteriormente; sin embargo,
además de ser económicamente sostenible, ésta es legalmente imperativa. El
carácter de Derecho Fundamental del que está dotada la Educación Superior
posibilita que ésta sea gratuita en todos sus niveles. Así mismo, el acceso y
la permanencia en la educación han sido entendidos por la Corte Constitucional
como el núcleo esencial del derecho a la educación[22].
Al gozar la educación de la doble
condición de derecho y servicio público (artículo 67 de la Constitución), por
otra parte, existe la posibilidad de que los particulares puedan ofrecer la
educación en sus distintos niveles, razón por la cual la Educación Superior
privada tiene plena cabida en el ordenamiento jurídico nacional; no obstante,
es clara la norma contenida en el mencionado artículo donde se señala que “la
educación será gratuita en las instituciones del Estado”.
Pese a que en la Constitución Política no
exista un desarrollo concreto del tema de la gratuidad de la educación más allá
de lo que hemos mencionado, dentro del Bloque de constitucionalidad sí existen
elementos que nos aproximan a ella y que, en el marco de su desarrollo, ofrecen
aspectos importantes para tener en cuenta. Al respecto, es preciso señalar que
Colombia ha ratificado distintos tratados de Derechos Humanos en los que se aborda
específicamente el tema de la gratuidad en la educación; entre éstos, cabe
destacar la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el pacto
internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de San Salvador.
La Declaración Universal de los
Derechos Humanos, por una parte, señala que “la instrucción técnica y
profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será
igual para todos, en función de los méritos respectivos. (...)”[23], lo
anterior indica que, en términos de acceso, existen mandatos de
universalización, lo cual implica una
exigencia de la democratización del ingreso a la universidad.
El pacto de San
Salvador, por su parte, en el artículo 13 en el numeral 3, plantea que “la enseñanza superior debe
hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada
uno, por cuantos medios sean apropiados y en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza
gratuita”. La referencia a la progresividad deviene un elemento
central que debe desarrollarse en tanto implica que si bien no es un mandato
imperativo a partir de la ratificación del Convenio, sí es ésta una meta que
debe realizarse paulatinamente. Sin embargo, aunque el Protocolo fue firmado en
1988, las medidas que se han tomado en Colombia frente a la materia han distado
de ser progresivas.
La doctrina ha
sido clara en señalar que el carácter de la progresividad para este tipo de
tratados no enuncia simples propósitos de los Estados firmantes, sino que son
compromisos asumidos, en los que no solamente existe el mandato de
progresividad, sino la prohibición de regresividad, es decir, la imposibilidad
de que los Estados adopten medidas contrarias a lo señalado, para este caso, la
gratuidad en la Educación Superior. En este sentido, el cumplimiento de los
tratados internacionales ratificados por el Estado colombiano debe manifestarse
en la implementación de la gratuidad en la Educación Superior con el objetivo
mismo de cumplir con los deberes internacionales asumidos por Colombia.
8.4. LA AUTONOMÍA Y LA DEMOCRACIA UNIVERSITARIAS
Frente a
autonomía y democracia, el texto constitucional y la Corte han desarrollado
elementos bastante significativos que tienen plena cabida dentro de la
propuesta de ley de Educación Superior.
El texto
constitucional afirma que el “Estado garantiza la libertad de enseñanza, de
aprendizaje, de investigación y cátedra”( Artículo 27), que constituyen
elementos fundamentales de la autonomía universitaria. Estas libertades,
empero, no lo son solamente respecto al poder estatal, sino también respecto a
poderes económicos particulares; cuestión que no va en contravía de la
Constitución Política. En ese sentido, la Corte ha afirmado que “la autonomía universitaria se concreta entonces en la libertad
académica, administrativa y económica de las instituciones de Educación
Superior. En ejercicio de ésta, las universidades tienen derecho a darse y
modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas,
[…] la autonomía universitaria no es
absoluta, puesto que corresponde al Estado regular y ejercer la suprema
inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por
el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y
física de los educandos; y a la ley establecer las condiciones requeridas para
la creación y gestión de los centros educativos, y dictar las disposiciones
generales con arreglo a las cuales las universidades pueden darse sus
directivas y regirse por sus estatutos”[24]. La autonomía universitaria tiene, pues, un rango constitucional
de derecho completamente ligado al Derecho Fundamental a la educación, siendo
ésta comprendida como la capacidad de las IES para autodeterminarse.
Estrechamente ligada a la autonomía se
encuentra además la democracia universitaria, pues la Constitución Política
misma ha señalado que “la comunidad
educativa participará en la dirección de las instituciones de educación”
(Artículo 68). Resulta claro, entonces, que la democracia como elemento
constitutivo de la autonomía obedece también a un criterio constitucional que
puede desarrollarse sin ir en contravía de las normas constitucionales.
8.5. UNA EDUCACIÓN PARA LA SOBERANÍA, LA DEMOCRACIA Y LA PAZ
La educación tiene asimismo una función
social que es reconocida en la Constitución Política, lo cual implica que, con
base en su autonomía, aporta a la dignificación de los y las sujetos; la
educación cumple, por tanto, un papel importante dentro de las lógicas sociales
y hacia el país. Afirmamos, por ende, que dentro del actual marco constitucional
es posible plantear una ley de Educación Superior para la soberanía, la
democracia y la paz en tanto la educación sea garantizada desde la perspectiva
de derechos y no desde una lógica mercantil que intenta transar los bienes
comunes.
SOBERANÍA
La Corte ha señalado que la educación es
“una herramienta para edificar en el conglomerado social la soberanía e
independencia de los Estados”[25]. El artículo 79 de la
Constitución Política señala, además, que “es deber del Estado proteger la
diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial
importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”. A
la luz del mencionado artículo y la citada sentencia, resulta claro el papel
que ha de jugar la educación en la defensa del territorio y en la apuesta por
la autodeterminación del país a partir de la conservación de los recursos
naturales y otros elementos que permitan la edificación de una Colombia soberana.
DEMOCRACIA
El artículo 41 de la Constitución Política
señala que en todas las Instituciones de Educación Superior debe ser
obligatoria la enseñanza de la Constitución y la instrucción cívica. Esto no
puede entenderse, empero, como una norma constitucional sin un trasfondo y una
intención pues el artículo 67 de la misma Carta ha señalado que debe formarse a
los colombianos y las colombianas como sujetos respetuosos de la democracia. El
desarrollo de estos artículos, más allá de la enseñanza de la Constitución
Política en las instituciones educativas, proyecta la necesidad de formar
sujetos políticos que participen del debate de ideas con un espíritu crítico y
desde una perspectiva democrática.
PAZ
Ante la inminente necesidad de paz en
Colombia, las normas constitucionales han planteado además la responsabilidad
de la educación frente a su consecución que debe desarrollarse dentro de una
nueva ley de educación en cualquiera de sus niveles.
Haciendo referencia a la Asamblea General
de la Organización de Naciones Unidas, en la sentencia T-646 de 2011
anteriormente citada se ha señalado también que “la educación, a todos los
niveles es uno de los medios fundamentales para edificar una cultura de paz”.
En la Conferencia Mundial sobre la Educación Superior: “La Educación
Superior en el siglo XXI”, organizada por la UNESCO[26],
en sentido análogo, se
afirma que “la educación es uno de los pilares fundamentales de los derechos
humanos, la democracia, el desarrollo sostenible y la paz, por lo que deberá
ser accesible para todos a lo largo de toda la vida”.
Un marco
normativo de Educación Superior que plantee caminos para la solución política
al conflicto armado interno debe contener, por otra parte, normas de derecho
interno y recomendaciones en el plano internacional que respondan al interés
general.
[1] “Financiarización significa que, en el proceso
económico, la lógica financiera se sobrepone a la lógica productiva”. Ver Financiarización:
nuevo orden
social y político, Artículo de César Giraldo Profesor Asociado Universidad
Nacional de Colombia
[2] “La securitización es el diseño de instrumentos financieros (bonos de renta
fija o variable) respaldados por flujos provenientes de activos de distinta
naturaleza. Lo anterior se perfecciona a través de una compra a término del
activo por parte de un Patrimonio Separado que a su vez lo financia con el bono
de oferta pública colocado en el mercado.” Ver http://www.santander.cl/securitizadora/con_sec.asp.
[3]Véase el ANÁLISIS
DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO
SECTORIAL. Universidad Tecnológica de Pereira. 2010.
[4]Véase Sistema
educativo colombiano: comenzar por el principio, Francisco Cajiao, FENALPROU.
Artículo Web disponible en http://www.fenalprou.org.co/debate-ley-30/academia/383-sistema-educativo-colombiano-comenzar-por-el-principio-.html
[5]Véase Educación
Superior en Colombia: Cobertura y relevancia. Sergio Clavijo. Ministerio de
Educación Nacional. Artículo web disponible en
http://www.mineducacion.gov.co/observatorio/1722/article-244352.html
[6] Es necesario darle un desarrollo a la
definición de cada uno de los niveles de Educación Superior, es decir: técnico,
tecnológico y profesional.
[7]
QUINCHE, Manuel. Derecho Constitucional Colombiano. De la Carta del 91 y sus
reformas. Bogotá, Ibáñez, 2010, p. 102.
[8] El
texto del primer inciso del artículo 67 señala: La educación es un derecho de
la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se
busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás
bienes y valores de la cultura.
[9] La
enunciación de dicho papel puede encontrarse en artículos de la Constitución
Política como el 45, 69, 70 y 79.
[10] Más
adelante haremos referencia a las implicaciones de la progresividad.
[11]
Sentencia SU-225 de 1998, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz
[12]
Ibídem.
[13] Sentencia T-418, 12 de junio de 1992
[15] Sentencia T-002 de 1992
[16] Ibidem.
[17] Ibidem.
[18] Sentencia T-807 de 2003
[22]
Sentencia T-329 de 1997
[23]
Artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
[24]
Sentencia C-547 de 1994
[25]
Sentencia T-646 de 2011
2 comentarios:
Compañer@s
Ante la inoperancia por parte del gobierno nacional de dar respuesta a una necesidad social, educativa, democrática y popular, es menester que los compañer@s estudiantes que han tenido que iniciar y/o concluir sus estudios en el extranjero por falta de políticas democráticas en el sistema educativo nacional pudiéramos convocar para noviembre a cumplirse un año de "archivada" la Ley30 a un manifestación pacífica en la embajada y/o consulado de Colombia de cada país donde residen nuestros compatriotas, profesionales y colegas.
Buenos Aires, por ejemplo residimos una importante comunidad de compañer@s que tomamos como destino el pueblo gaucho por encontrar una educación inclusiva y democrática que permite la lucha continua que muchos de nosotros como estudiantes y militantes sociales seguimos en estas tierras para continuar no solo nuestros estudios, sino para contribuir a la continua lucha por una universidad para todos; con mejores estándares de calidad, inversión estatal, contribución científica, becas estudiantiles, acceso a las telecomunicaciones, etc,.
De ante mano les brindo mi lucha y mis intensiones que la educación superior no se "negocio" de multinacionales ni mucho menos lucro para los burócratas de turno.
La Educación Superior es de todos y para todos, gratuita e inclusiva.
Abrazo fraternal!
Seguiremos luchando!
Luis Rodríguez
Excelente contenido creación de empresa extranjera en México
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